Zusammenfassung der Ressource
Contratos laborales
- Características
- Duración
Anmerkungen:
- En principio todo contrato es indefinido y a jornada completa, salvo que contrato diga lo contrario.
- Indefinido (fijo) o determinado (temporal)
- Indefinido y a jornada completa en principio
- salvo contrario en contrato
- Lo establecen las normas de cada tipo de contrato temporal
- Derechos y
obligaciones
Anmerkungen:
- Un contrato establece obligaciones para el trabajador, que son obligaciones para el empresario. De igual manera, as obligaciones del trabajador son derechos para el empresario.
- Empresario contrae
obligaciones con
- Trabajador
- Si relación laboral + 4 semanas
- informar al trabajador por escrito de elementos esenciales y
condiciones, siempre que no consten en el contrato escrito
- Representantes legales de los trabajaodores
- 10 días para entregarles copia básica del contrato escrito
que luego se remitirá al Serv Públ de Empleo
- Servicio Público de Empleo
- 10 días para entregarles contenido o prórrogas de contratos (ya sean
escritos o no), en los términos que se determinen reglamentariamente
- Trabajador
- Derechos
- Ocupación efectiva durante jornada laboral
- Promoción y formación en el trabajo
- No discriminación para acceso a puesto de trabajo
- Integridad física e intimidad
- Percepción puntual de remuneración pactada
- Demás según contrato
- Obligaciones
- Cumplir obligaciones concretas del puesto
- Con buena fe
y diligencia
- Cumplir medidas de seguridad e higiene que se adopten
- Cumplir órdenes e instrucciones del empresario en su función directiva
- No hacerle la competencia a la empresa realizando mismas funciones
- Contribuir a mejorar la productividad
- Demás según contrato
- Formalización
Anmerkungen:
- Por escrito o de palabra. Se puede solicitar la formalización por escrito en cualquier momento. Obligatorio por escrito cuando lo exija una disposición legal.
- Por escrito o de palabra
- Obligatorio por escrito y así lo exige una disposición legal y es del tipo:
- Prácticas
- Formación
- Obra o servicio
- Tiempo parcial, fijo discontinuo o relevo
- A domicilio
- Contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero
- Tiempo determinado
+ 4 semanas
- Cada una de las partes podrá exigir en cualquier momento el contrato por escrito
- Periodo de prueba
- Optativo
- Por escrito en contrato
- Duración máxima
según ConvColect
- 6 meses máx para técnicos titulados
- 2 meses máximo para el resto
- Derechos y obligaciones como si fuera de plantilla
- Posibilidad de rescindir
- sin preaviso
- Sin causa alguna
- por cualquiera de las partes
- Se computa como antigüedad
- la situación de IT
- interrumpirá el pprueba si hay acuerdo entre las partes
- empresas -25 trabajadores
- no podrá pasar de 3 meses para quienes no sean técnicos titulados
- no es posible si trabajador ya realizó anteriormente mismas funciones en la empresa
- Pueden firmarlo:
- Mayores de 18 años
- Menores de 18 años legalmente emancipados
- +16 y -18
- Con autorización
- de padres o de quien los tenga a su cargo
- si viven independientes
- con consentimiento expreso o tácito de padres o tutores
- Extranjeros según legislación que les sea aplicable
- Temporal
- Para la formación y
el aprendizaje
- Objeto
- Culalificación profesional de los trabajaodres
- en régimen de
alternancia de
- Actividad laboral retribuida en empresa
- Actividad formativa
en el marco de :
- Sistema de Formación
Profesional para el empleo
- Certificados de
Profesionalidad
- Sistema educativo
- Título de FP
- Favorecer la inserción laboral de los jóvenes
- Duración
- Mínimo 1 año y máximo 3 años
- Mínimo 6 meses por convenio colectivo
- Requisitos
- Sin cualificación para contrato en prácticas
- Entre 16 y 25 años
- Menores de 30 años hasta tasa de desempleo -15%
- Cualquier edad para discapacitados, colectivos en exclusión y alumnos de Excuelas-Taller, Talleres de Empleo y Programas de Empleo - Formación.
- Salario
- No inferior al SMI
- Incentivos para la empresa
- Reducción de cuotas empresariales
- Reducción 100% para empresas -250 trabajadores
- Reducción 75% para empresas +250 trabajadores
- Bonificación de =% para Garantía Juvenil
- Financiación de la formación
- Bonificación en cuotas empresariales por nº horas de formación
- Costes de tutorización
- Máx. 1,5 euros/alumno y hora de tutoría
- Máx. 40 horas/alumno al mes
- Si empresa -5 trabajadores
- Máx. 2 euros/alumno y hora de tutoría
- Conversión en
indefinido para mujeres
- 1500 o 1800 euros
durante 3 años
- Distribución entre
trabajo y formación
- 1º año
- Formación: 25%
- Activ. Laboral: 75%
- 2º y 3º año
- Formación: 15%
- Activ. Laboral: 85%
- Beneficios para el
trabajador
- Reducción 100% en
cuota del trabajador
- Total protección social
- Desempleo
- Cualificación profesional
- De trabajadores
en prácticas
- Objeto
- Obtención por parte del trabajador de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios cursado
- No solamente adquieren experiencia, sino que esa experiencia actúa sobre los estudios cursados
- Duración
- Mínimo 6 meses y máximo de 2 años
- Convenios colectivos sectoriales podrán determinar su duración dentro de estos límites
- Si se acuerda inferior a 2 años, podrán pactarse hasta 2 prórrogas, con una duración mínima de 6 meses
- Periodo de prueba
- salvo convenio
- no superior a 1 mes para titulados de grado medio o certificado de profesionalidad nivel 1/2
- no superior a 2 meses para titulados de grado superior o certif de profesionalidad nivel 3
- Requisitos de los trabajadores
- Poseedores de título universitario, de FP, equivalentes, o certificado de
profesionalidad, que habiliten para el ejercicio profesional
- Que no hayan transcurrido + 5 años desde terminación
de estudios, o +7 si discapacitado.
- Si edad -30 años no se tiene
encuenta la fecha de terminación
- Retribución
- convenio colectivo para
trabajadores en prácticas
- No inferior al 60% el 1º año y al 75% el 2º año del salario fijado por
convenio para trabajador de mismo puesto.
- Nunca inferior al SMI
- Fin del contrato
- Expedición de certificado al trabajador
- Duración de prácticas, puesto/s y principales tareas en cada uno
- Si trabajador sigue en la empresa
- Práctcas computan como antigüedad en empresa
- No posible más periodos de prueba
- No se le puede volver a contratar en prácticas + 2 años con la misma titulación (en misma o distinta empresa)
- Formalización
- Por escrito y haciendo
constar expresamente:
- Titulación del trabajador
- Duración del contrato
- Puesto a desempeñar en las prácticas
- Comunicar al SEPE en los 10 días siguientes a su firma, igual en caso de prórrogas
- Si discapacitado, modelo oficial x4
- Solicitud de alta en SS
- Certificado de discapacidad
- Trabajador a distancia
- Hacer constar el lugar desde el que se trabaja
- Si contrato a tiempo parcial
- Nº horas ordinarias de trabajo al día,
semana, mes o año y su distribución
- Si no, se presumirá a jornada completa salvo
prueba en contrario lo anterior
- las ETT también pueden
- Incentivos a
la empresa
- Menor de 30 años o menos de 35 si discapacidad =+33%
- 50% cuota empresarial a SS por contingencias comunes durante vigencia del contrato
- Prácticas no laborales en momento de contratación en prácticas
- 75% reducción de cuotas
- Si Garantía Juvenil
- Bonificación 25% adicional
- Conversión en contrato indefinido
- Bonificación de cuotas empresariales a SS
- 500 euros/año durante 3 años
- Si mujer
- 700 euros/año
- De relevo
- Trabajador
- Optativo si se accede a jubilación parcial cumplida la edad ordinaria de jubilación
- Para desempleado inscrito o trabajador con contrato de duración determinada con la empresa
- Duración
- Jubilación parcial antes de edad ordinaria de jubilación
- Hasta que el trabajador sustituido la alcance
- Prorrogable por periodos anuales
- Jubilación parcial después de edad ordinaria de jubilacion
- Duración anual
- Prorrogable automáticamente por períodos anuales
- Indemnización
- 12 días/año trabajado
- Puesto de trabajo
- Podrá ser el mismo del
trabajador sustituido
- Horario
- Puede completar el del trabajador sustituido o simultanearse con él
- De obra o servicio
determinado
- Duración
- Duración de la obra o servicio,
no superior a 3 años.
- Ampliables hasta 12 meses más por convenio.
- Indemnización
- 12 días/año trabajado
- Eventual por circunstancias
de la producción
- Duración
- Máximo de 6 meses dentro
de un periodo de 12 meses.
- Con 1 única prórroga, hasta un
máximo 12 meses en 18
- Duración y período modificable
por convenio colectivo
- Indemnización
- 12 días/año trabajado
- Forma
- Escrita si duración +4 semanas
- Bonificaciones
- Transformación en indefinido
- Primer empleo joven
- Interinidad
- Por sustitución o por proceso
de selección o promoción
(máximo 3 meses)
- Excedencia por cuidados familiares
- Por perceptor + 1 año de prestación por desempleo
- Sustitución durante periodo de excedencia
- Maternidad, Paternidad, Adopción o acogimiento,
Riesgo durante el embarazo, Lactancia natural
- Por desempleado inscrito
- Sustitución durante período de suspensión de contrato
- Sólo en autónomos o socios
- Se identificarán el trabajador
sustituido y la causa o el puesto
objeto de selección o promoción
- Sustitución de Personas con discapacidad
- Por discapacitado => 33% y desempleado inscrito o pensionistas
- Durante baja IT
- Sustitución de Víctimas de violencia de género
- Durante suspensión o 6 meses (movilidad geográfica o cambio de centro)
- Sustitución de Autónomos por conciliación
- Al menos 3 meses para bonificación en cuota de autónomos (máx. 12 meses)
- Sustitución de Trabajador en formación
- Por beneficiario de prestaciones por desempleo
- Durante acciones de formación
- Jornada completa salvo:
- trabajador sustituido o puesto objeto
de selección sea a tiempo parcial
- Complemento de jornada reducida
- Retribución
- Salario - 50% Desempleo
- Fomento de
Discapacitados
- Duración
- 12 meses a 3 años, con prórrogas de 12 meses
- Indemnización
- 12 días/año trabajado
- Bonificaciones y
subvenciones
- Programa de Fomento de Empleo
- Transformación en indefinido o fijo discontínuo
- Adaptación del puesto de trabajo o dotación medios de protección
- A tiempo parcial
- No podrá realizar horas extra, salvo art. 35.3 ET
- Horas complementarias si pactadas o voluntarias (si jornada +10 h/semana)
- Obligación de registrar día a día la jornada de trabajo, ordinaria y complementaria
- Comprende:
- Comprende los trabajos fijos y periódicos dentro del volumen normal de actividad de la empresa y los trabajos discontínuos que se repitan en fechas ciertas
- Jornada inferior a trabajador a tiempo completo
- Indefinido
- De personas con
discapacidad
- Empresas con + 50 trabajadores fijos
- Obligación de +2% trabajadores discapacitados
- salvo convenio o voluntad del empresario (si medidas alternativas)
- La Administración Pública
- Obligación de reservar 5% plazas de convocatorias
- Indefinido para
emprendedores
- Características
- Hasta que tasa de desempleo -15%
- Empresas -50 trabajadores en momento de contratación
- Por tiempo indefinido
- Jornada completa o parcial
- Periodo de prueba de 1 año
- Salvo trabajador desempeñara mismas funciones en empresa anteriormente
- Obligaciones de la empresa
- Mantener el empleo del trabajador un mínimo de 3 años y el
nivel de empleo al menos 1 año desde contratación
- Reintegro de incentivos si incumplimiento de obligaciones
- No es incumplimiento si extinción por causas objetivas o despido disciplinario si procedente. Tampoco si
dimision, muerte, jubilación, ip total, absoluta o gran invalidez, o por expiración de tiempo o de obra y servicio.
- Exclusiones
- No se podrá concertar si la empresa adoptó decisiones extintitvas improcedentes de contratos de trabajo en los 6 meses anteriores a la celebración
- También posterior a Ley 3/2012
- Incentivos
- Bonificaciones
- De cuotas empresariales a SS durante 3 años para
Desempleados inscritos en oficinas de empleo
- Jóvenes 16 a 30 años
(ambos inclusive)
- Mayores 45
- Fiscales
- Menores de 30
- Perceptores de prestación contributiva
- Fijo discontínuo
- Trabajador
- Según convenio
- Deberá figurar en cotrato:
- Duración estimada, forma y orden de llamamiento
- Jornada laboral estimada y su distribución horaria orientativa
- Comprende:
- Trabajaos fijos discontínuos que no se repitan en fechas ciertas
- Acuerdo entre empresario y trabajador por el que éste se obliga a
prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo
su dirección, a cambio de una retribución.