Zusammenfassung der Ressource
Constitución Política de la República de Guatemala
- Tributarias
- • • Artículo 1o. Protección a la persona. El Estado de Guatemala se organiza para proteger a la
persona en brindarle los servicios necesarios • Artículo 2o. Deberes del Estado. Es deber del Estado
garantizarle a los habitantes de la República por lo recaudan los tributos para una mejor vida a los
habitantes. • Artículo 4o. Libertad e igualdad. En Guatemala todos los seres humanos son libres e
Iguales en dignidad en sus derechos y obligaciones tributarias. • 5o. Libertad de acción. Toda
persona tiene derecho a hacer lo que la ley no Prohíbe como el pago de sus impuestos. • Artículo 6o.
Detención legal. Ninguna persona puede ser detenida o presa, sino por causa de delito o falta y en
virtud de orden librada como el no pago a sus impuestos • Artículo 7o. Notificación de la causa de
detención. Toda persona detenida deberá ser notificada de los delitos que se le acusa como el mal
pago de impuestos.
- • Artículo 11. Detención por faltas o infracciones. Por faltas o por infracciones a los reglamentos
como el no declarar el verdadero ingreso de sus ventas. • Artículo 19. Sistema penitenciario. El
sistema penitenciario debe tender a la readaptación social y a la reeducación de un buen trato.
• Artículo 30. Publicidad de los actos administrativos. Todos los actos de la administración son
públicos tienen tiempo para arreglar todo sus declaraciones en orden. • Artículo 31. Acceso a
archivos y registros estatales. Toda persona tiene el derecho de • Conocer sus cargos como sus
rectificaciones en sus declaraciones o impuestos que declaro mal. • Artículo 39. Propiedad privada.
Se garantiza la propiedad privada como un derecho inherente a la persona humana pero debe de
estar declarado ante la administración tributaria. • Artículo 43. Libertad de industria, comercio y
trabajo. Toda persona está obligada a inscribir su comercio o industria ante SAT. •
- • Artículo 77. Obligaciones de los propietarios de empresas. Obligación de mantener en orden y
cumplir con el establecido ante la SAT. • Artículo 81. Títulos y diplomas. Todo profesional con grado
académico se registra en SAT. • Artículo 88. Exenciones y deducciones de los impuestos. Las
universidades están • Exentas del pago de toda clase de impuestos. • Artículo 90. Colegiación
profesional. Todo profesional está obligado a registrarse ante SAT para mantener su colegiado
activo. • Artículo 96. Control de calidad de productos. Que los comerciantes lleven un inventario a
sus productos en buen estado. • Artículo 108. Régimen de los trabajadores del Estado. por ley deben
de estar registradas. • Artículo 109. Trabajadores por planilla. Los trabajadores del Estado y sus
entidades descentralizadas o autónomas que laboren por planilla. Deben presentarlas. • Artículo 110.
Indemnización. Los trabajadores del Estado, al ser despedidos sin causa justificada
- • Artículo 111. Régimen de entidades descentralizadas. Las entidades descentralizadas del Estado, que realicen funciones
económicas similares a las empresas. • Artículo 119. Obligaciones del Estado. recaudar los impuestos correctamente para los
servicios de sus habitantes. • Artículo 135. Deberes y derechos cívicos. Toda persona debe de cumplir con sus obligaciones tributarias
si ella tiene un negocio. • Artículo 174. Iniciativa de ley. Para la formación de las leyes tienen iniciativa los • Diputados al Congreso, el
Organismo Ejecutivo, la Corte Suprema de Justicia, la Universidad de San Carlos de Guatemala y el Tribunal Supremo Electoral.
• Artículo 175. Jerarquía constitucional. Ninguna ley podrá contrariar las disposiciones de la Constitución. Las leyes que violen o
tergiversen los mandatos constitucionales son nulas ipso jure. • Artículo 176. Presentación y discusión.Presentado para su trámite
un proyecto de ley,
- • Artículo 224. División administrativa. Cada quien tiene su departamento de cobro económicos.
• Artículo 237. Presupuesto General de Ingresos y egresos del Estado. (Reformado). El Presupuesto
General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, • Artículo 237.
Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado. (Reformado). El Presupuesto General de
Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, • Artículo 239. Principio de
legalidad. Corresponde con exclusividad al Congreso de la República, decretar impuestos ordinarios
y extraordinarios, arbitrios y contribuciones Especiales, conforme a las necesidades del Estado.
- Mercantiles
- • Artículo 4o. Libertad e igualdad. En Guatemala todos los seres humanos son libres e iguales en
dignidad y derechos. por ello puede tener comercios con fines de lucro. • Artículo 5o. Libertad de
acción. Toda persona tiene derecho a hacer lo que la ley no prohíbe; como tener su propio comercio.
• Artículo 34. Derecho de asociación. Se reconoce el derecho de libre asociación. Para tener una
sociedad de negocios. • Artículo 42. Derecho de autor o inventor. Se reconoce el derecho de autor y el
derecho de inventor por lo que pueden sacar su propia patente. • Artículo 43. Libertad de industria,
comercio y trabajo. Se reconoce la libertad de industria, de comercio y de trabajo, salvo las
limitaciones que por motivos sociales o de interés nacional impongan las leyes. • Artículo 60.
Patrimonio cultural. Forman el patrimonio cultural de la Nación los bienes y valores paleontológicos,
arqueológicos, históricos y artísticos del país.
- • Artículo 93. Derecho a la salud. el goce de la salud es derecho para cualquier comerciante. • Artículo
135. Deberes y derechos cívicos. Cumplir con los contratos en el registro ante cualquier sociedad.
- Laborales
- • Artículo 1. Protección a la persona. Tener seguridad a los empleados • Artículo 2. Deberes del Estado.
Es deber del Estado garantizarle a los habitantes de la • República la seguridad para que puedan
trabajar. • Artículo 4o. Libertad e igualdad. todos tienen el derecho a tener un trabajo digno. • Artículo
5o. Libertad de acción. Toda personas puede trabajar en lo que desea siempre y cuando este establecido
en la ley. • Artículo 47. Protección a la familia. Todo trabajador tiene el derecho a dejar la protección a su
familia. • Artículo 49. Matrimonio. El trabajador tiene un derecho de faltar cuando este por casarse
• Artículo 52. Maternidad. La maternidad tiene la protección del Estado, el que velará en • forma
especial a las madres en su área de trabajo. • Artículo 57. Derecho a la cultura. Todo trabajador tiene
derecho a participar libremente en la vida cultural
- • Artículo 69. Traslación de trabajadores y su protección. Las actividades laborales que impliquen
traslación de trabajadores fuera de sus comunidades, serán objeto de protección. • Artículo 77.
Obligaciones de los propietarios de empresas. a mantener centros culturales para los trabajadores.
• Artículo 87. Reconocimiento de grados, títulos, diplomas e incorporaciones. Todo trabajador tiene
el derecho de seguir su carrera educativa. • Artículo 93. Derecho a la salud. el goce de la salud es
derecho fundamental del ser • humano, sin discriminación alguna en su área de trabajo. • Artículo
97. Medio ambiente y equilibrio ecológico. Los empleados y las empresas están obligadas al cuidado
del medio. • Artículo 100. Seguridad social. Todo trabajador tiene derecho a una seguridad en su área
de trabajo. • Artículo 101. Derecho al trabajo. El trabajo es un derecho a la persona y una obligación
social. El régimen laboral del país.
- • Artículo 102. Derechos sociales mínimos de la legislación del trabajo. Son derechos sociales
mínimos que fundamentan la legislación del trabajo, y la actividad de los tribunales a) Derecho a la
libre elección de trabajo y a condiciones económicas satisfactorias. b) Todo trabajo será
equitativamente remunerado, salvo lo que al respecto determine la ley; c) Igualdad de salario para
igual trabajo prestado en igualdad d) Obligación de pagar al trabajador en moneda de curso legal. e)
Inembargabilidad del salario en los casos determinados por la ley. f) Fijación periódica del salario
mínimo de conformidad con la ley; g) La jornada ordinaria de trabajo efectivo diurno no puede
exceder de ocho horas diarias de trabajo h) Derecho del trabajador a un día de descanso remunerado
por cada semana ordinaria de trabajo o por cada seis días consecutivos de labores. i) Derecho del
trabajador a quince días hábiles de vacaciones anuales
- j) Obligación del empleador de otorgar cada año un aguinaldo no menor del ciento por ciento del
salario k) Protección a la mujer trabajadora y regulación de las condiciones en que debe prestar sus
servicios. l) Los menores de catorce años no podrán ser ocupados en ninguna clase de trabajo, salvo
las excepciones establecidas en la ley. m) Protección y fomento al trabajo de los ciegos, minusválidos
y personas con deficiencias físicas, psíquicas o sensoriales; n) Preferencia a los trabajadores
guatemaltecos sobre los extranjeros en igualdad de condiciones y en los porcentajes determinados
por la ley. Otras prestaciones; ñ) Fijación de las normas de cumplimiento obligatorio para
empleadores y trabajadores en o) Obligación del empleador de indemnizar con un mes de salario
por cada año de servicios p) Es obligación del empleador otorgar al cónyuge o conviviente, hijos
menores o incapacitados de un trabajador que fallezca estando a su servicio
- q) Derecho de sindicalización libre de los trabajadores r) El establecimiento de instituciones
económicas y de previsión social que, en beneficio de los trabajadores. s) Si el empleador no probare
la justa causa del despido, debe pagar al trabajador a título de daños y perjuicios un mes de salario si
el juicio se ventila en una instancia, dos meses de salario t) El Estado participará en convenios y
tratados internacionales o regionales que se refieran a asuntos de
- • Artículo 103. Titularidad de las leyes de trabajo. Las leyes que regulan las relaciones • entre
empleadores y el trabajo son conciliatorias, tutelares para los trabajadores y atenderán todos los
factores económicos y sociales pertinentes • Artículo 104. Derecho de huelga y paro. Se reconoce el
derecho de huelga y paro ejercido de conformidad con la ley, después de agotados todos los
procedimientos de conciliación. • Artículo 105. Vivienda de los trabajadores. El Estado, a través de las
entidades • específicas, apoyará la planificación y construcción de conjuntos habitacionales,
estableciéndolos adecuados sistemas de financiamiento. • Artículo 106. Irrenunciabilidad de los
derechos laborales. Los derechos consignados • en esta sección son irrenunciables para los
trabajadores • Artículo 107. Trabajadores del Estado. Los trabajadores del Estado están al servicio de
• la administración pública y nunca de partido político, grupo, organización o persona alguna.
- • Artículo 108. Régimen de los trabajadores del Estado. Las relaciones del Estado y sus • entidades
descentralizadas o autónomas con sus trabajadores se rigen por la Ley de Servicio • Artículo 109.
Trabajadores por planilla. Los trabajadores del Estado y sus entidades • descentralizadas o
autónomas que laboren por planilla • Artículo 110. Indemnización. Los trabajadores del Estado, al ser
despedidos sin causa • justificada, recibirán su indemnización equivalente a un mes de salario por
cada año de servicios continuos prestados. Artículo 111. Régimen de entidades descentralizadas.
• Artículo 112. Prohibición de desempeñar más de un cargo público. Ninguna persona puede
desempeñar más de un empleo o cargo público remunerado • Artículo 113. Derecho a optar a
empleos o cargos públicos. Los guatemaltecos tienen derecho a optar a empleos o cargos públicos y
para su otorgamiento • Artículo 115. Cobertura gratuita del Instituto Guatemalteco de Seguridad
Social a jubilados.
- • .Artículo 116. Regulación de la huelga para trabajadores del Estado. Las asociaciones, agrupaciones
y los sindicatos formados por trabajadores del Estado, no pueden participar en actividades de
política partidista. • Artículo 117. Opción al régimen de clases pasivas. Los trabajadores de las
entidades descentralizadas o autónomas que no estén afectos a descuentos para el fondo de clases
pasivas • . • Artículo 135. Deberes y derechos cívicos. Todos deben de trabajar por lo cultural cívico
economía y social • Artículo 136. Deberes y derechos políticos. Toda persona puede optar por un
cargo público. • Artículo 143. Idioma oficial. Todo trabajador no debe ser burlado por su idioma
• Artículo 144. Nacionalidad de origen. Respetar la nacionalidad de cada trabajador. • Artículo 147.
Ciudadanía toda guatemalteca de dieciocho años ya tiene derecho a un trabajo con salario justo.
• Artículo 183. Funciones del Presidente de la República. Cumplimiento de sus labores con los
mismos derechos