Zusammenfassung der Ressource
Convenio de Viena
para la Protección
de la Capa de Ozono
- Por “capa de ozono” se
entiende la capa de ozono
atmosférico por encima de la
capa limítrofe del planeta.
- Las Partes tomarán las
medidas apropiadas, de
conformidad con las
disposiciones del presente
Convenio y de los
protocolos en vigor en
- Las Partes se comprometen,
según proceda, a inicia r
investigaciones y evaluaciones
científicas y a cooperar en su
realización, directamente o por
conducto de órganos
internacionales competentes
- Las Partes facilitarán y estimularán el
intercambio de la información científica,
técnica, socioeconómica, comercial y
jurídica pertinente a los efectos de este
Convenio, según se especifica en el anexo
II
- La Conferencia de las
Partes podrá en una
reunión adoptar
protocolos de
conformidad con el
artículo 2.
- En el caso de existir una
controversia entre las Partes en
cuanto a la interpretación o la
aplicación del presente Convenio,
las Partes interesadas procurarán
resolverla mediante negociación.
- El presente Convenio y
cualquier protocolo estarán
sujetos a ratificación,
aceptación o aprobación por
los Estados y por las
organizaciones de
integración económica
regional.
- En cualquier momento después de que hayan
transcurrido cuatro años contados a partir de la
fecha en que el presente Convenio haya
entrado en vigor para una Parte, esa Parte
podrá retirarse del Convenio notificándolo por
escrito
- Intercambio de información