Zusammenfassung der Ressource
MOVILIDAD Y JUSTICIA INDIGENA I CAPITULO
- MOVILIDAD HUMANA
- CONSTITUCIÓN 2008 GARANTIZA LOS
DERECHOS HUMANOS
- LA DECLARACION UNIVERSAL DE DD-HH
RECONOCE LA LIBRE CIRCULACIÓN Y
RESIDENCIA
- LA CONVENCIÓN AMERICANA DE DD-HH
TAMBIÉN RECONOCE EL DERECHO A LA
LIBRE CIRCULACIÓN
- ART. 9. MISMOS DERECHOS Y DEBERES EN
CONCORDANCIA CON EL ART. 11 NUMERAL 2
- ART. 40. NINGÚN SER HUMANO SE CONSIDERA
ILEGAL POR SU CONDICIÓN MIGRATORIA EN
CONCORDANCIA CON EL ART. 416
- LIBERTAD DE TRÁNSITO
- TOMANDO EN CUENTA
DERECHOS Y OBLIGACIONES
- RESTRICCIONES A LA LIBERTAD DE
TRÁNSITO
- ORDENADA POR
AUTORIDAD COMPETENTE
ESTADO DE EXCEPCIÓN
- REFUGIADOS
- PERSEGUIDOS POR RAZA,
RELIGIÓN U OPINIONES
POLÍTICAS
- - ESTATUTO DE REFUGIADOS
ONU - CONSEJO DE EUROPA -
ORGANIZACIÓN UNIDAD -
AFRICANA ORGANIZACIÓN DE -
ESTADOS AMERICANOS
- SE APLICA REFUGIADO A TODA PERSONA DEBIDO
A AGRESIONES EXTERNAS Y ALTERACIÓN DEL
ORDEN PÚBLICO
- DERECHO DE LOS
REFUGIADOS
- EL 80% DE REFUGIADOS SON
MUJERES Y NIÑOS, ES
NECESARIO PROTECCIÓN
ESPECIAL
- DESPLAZADOS INTERNOS
- OBLIGADOS A HUIR DE SU
HOGAR POR CONFLICTO
ARMADO O DESASTRES
NATURALES
- NO CRUZAN FRONTERA
INTERNACIONALMENTE
- CAUSAS
- DESEMPLEO,
POBLREZA,
INEQUIDAD
- DERECHOS DE LOS
DESPLAZADOS
- DERECHO A LA VIDA,
LA LIBERTAD,