Erstellt von Sherlock Fiero
vor etwa 9 Jahre
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En la evolución del Estado existe un punto de inflexión que se fija en el que hoy denominamos Estado de Derecho. Aunque a priori pudiéramos pensar que su definición es sencilla porque obedece a la idea de someter el poder a norma, contiene un trasfondo político, una pretensión. La idea clásica del gobierno de las leyes, transformada ahora en Estado de Derecho, contiene la pretensión de rechazar las relaciones de dependencia, de dominación o de sumisión al poder. Allí donde las relaciones sociales olvidan los componentes de la dignidad humana, reducen al hombre a la condición de súbdito, a la condición de medio o instrumentos para la conservación de determinados fines por parte del monarca o de aquellos que detentan el poder. En esta concepción la interacción entre el Estado y el Derecho es significativa, apareciendo el concepto de Estado de Derecho en 1832, formulado por R. von Mohl, y que se fundamenta en los siguientes postulados: · Proclamación y garantía de los derechos y libertades de la persona. · Representación popular a través de un parlamento electo. · Sumisión de la actuación de la Administración al principio de legalidad. · Aplicación del principio de separación de poderes. · Imperio de la Ley.
La dignidad y la libertad hacen necesario limitar las relaciones de poder, así como un estatuto igual de todos los ciudadanos. Esta pretensión obtiene forma en la argumentación filosófica, singularmente en Kant, para quien la situación de los ciudadanos, desde la perspectiva jurídica, se funda en los siguientes principios: · La libertad de cada miembro de la sociedad, como hombre. · La igualdad de él mismo frente a cualquier otro, como súbdito. · La independencia de cada miembro de la comunidad, como ciudadano.
En definitiva para Kant el Estado de Derecho se identifica con razón de Estado, es decir, una coexistencia libre a través del derecho porque la razón constituye el único fundamento de cualquier norma. El concepto de Estado de Derecho (Rechtsstaat) lo utiliza por primera vez Carl Th. Welcher en 1813, y tanto él, como la teoría política de la época, no lo consideran como una nueva forma política, sino como una variante del Estado con unas exigencias de contenido eminentemente materiales, y que se concretan en tres aspectos esenciales: · La actividad estatal debe estar guiada por principios racionales. · La finalidad del Estado es el beneficio de los individuos que lo integran. · El Estado debe limitar su actuación a la garantía de la libertad, la seguridad y la propiedad de los ciudadanos a través de la Ley. Concebida ésta como la norma general emanada de los representantes de la voluntad popular.
De esta forma el Estado de Derecho surge como una necesidad y se fundamenta en dos tipos de garantías: una formal, que se materializar a través de la Constitución, en la que se establecen los poderes, su división y el principio de legalidad; otra de carácter material, que establece como finalidad de la primera el que la ley sea expresión de la voluntad general y el ejercicio efectivo de derechos y libertades.
En definitiva, el Estado de Derecho podríamos concretarlo en tres postulados: 1. Reconocimiento y garantía de la libertad personal y exclusión de la obediencia por razón de la persona y el sometimiento únicamente a la Ley, que a su vez tiene su origen en la razón y ésta en el bien común. 2. La limitación del poder se opera a través del Derecho, que vincula a la autoridad. Hay que excluir la instrumentalización política, dado que no es compatible con la dignidad humana ni con la libertad. 3. La Ley es la expresión de la voluntad general, de tal forma que al obedecer a la ley de la comunidad, que ha sido elaborada y consentida por todos, cada uno se obedece a sí mismo.
La idea clásica del gobierno de las leyes adquiere concreción con el Estado de Derecho, y se materializa a través de la Constitución. A lo largo del tiempo el Estado de Derecho evoluciona, se va adecuando a las diversas tradiciones y necesidades de los Estados, y lo hace en distinto grado y siempre con singularidades. Un elemento necesariamente asociado al Estado de Derecho es la Constitución, entendida como norma jurídica suprema del ordenamiento jurídico. El Estado liberal de Derecho coincide en Europa con la vigencia del imperio de la ley, donde ésta era la norma superior y básica del sistema normativo, y la Constitución era un documento político proclamado con grandes fastos, que establecía la organización de los poderes, pero sin una relación jerárquica respecto de la ley.
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