Erstellt von SUSANA MARGARITA HERRERA GONZALEZ
vor fast 4 Jahre
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Frage | Antworten |
LA NORMA CONSTITUCIONAL. CONCEPTO Y NATURALEZA | Para efectos de la presente investigación, es importante anotar además las distinciones esenciales entre la norma constitucional y las demás disposiciones del ordenamiento jurídico, bajo el entendido que la norma constitucional constituye una especie de la norma jurídica de la norma jurídica en general. Se entiende por normas constitucionales aquellas que establecen las reglas de conducta de carácter supremo y que sirven de fundamento y de base a todas las disposiciones del orden jurídico. Existe un elemento importante para distinguir las disposiciones constitucionales de las ordinarias, el cual consiste en su rango superior, en su situación privilegiada, en su autoridad suprema. |
Héctor Fix- Zamudior, llega a la conclusión que las normas constitucionales se distinguen de las demás disposiciones legales desde tres puntos de vista: | a) En su aspecto externo formal, las disposiciones fundamentales están consignadas en un documento expedido por el Poder Constituyente y sólo pueden ser modificadas a través de un procedimiento constitucionalmente establecido; b) Desde un ángulo normativo, los preceptos constitucionales son el fundamento de validez de todo el orden jurídico; c) En cuanto a su contenido, la esencia de sus preceptos radica en los valores supremos de toda comunidad política y en la organización de sus poderes supremos, caracterizándose por lo que Linares Quintana ha denominado “fundamentabilidad”. |
Por último, Fix- Zamudio establece que la norma constitucional se desarrolla bajo tres aspectos fundamentales: | sus principios capitales, su fundamentabilidad, y el otorgamiento de prestigio y autoridad que da a determinadas institucionales. |
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