Erstellt von Goretti Mendez
vor etwa 8 Jahre
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Frage | Antworten |
Días de descanso | Interrupción de la jornada semanal CLASES: 1. Descanso semanal: 1 día 2. Descanso obligatorio 3. Vacaciones |
Descanso semanal | Por cada 6 días disfrutará de un día de descanso con goce de salario íntegro. * La ley no señala un días fijo, pero se procura que sea el Domingo * Para determinar el pago de este día, se toma en cuenta la regla de la 6ta parte del salario obtenido en la semana. |
Descanso semanal Situaciones | 1. Se trata de la jornada semanal 2. Salario se paga mensualmente 3. Se trabaja a destajo o por comisión 4. Se trabajó dos o tres días a la semana |
Remuneración | No es obligatorio laborar el día de descanso semanal * Si se labora el día de descanso semanal se paga el 300% del salario PRIMA DOMINICAL: 25% sobre el salario percibido en los días ordinarios de trabajo |
Descanso obligatorio | Es el que se concede a trabajadores en determinados días para conmemorar acontecimiento nacionales históricos, religiosos, sociales o de los trabajadores |
Descanso obligatorio A. Clases | CLASES: 1. Descanso obligatorio legal: Establece la LFT 2. Obligatorio convencional: Fijan el sindicato de trabajadores Unilateral: Otorgan exclusivamente el patrón a sus trabajadores |
Descanso obligatorio 1. Obligatorios | OBLIGATORIOS: 1. 1ero de Enero 2. 1er Lunes de Febrero 3. 3er Lunes de Marzo 4. 1ero de Mayo 5. 16 de Sep. 6. 3er Lunes de Noviembre 7. 1ero de Diciembre de cada 6 años 8. 25 de Diciembre 9. Jornadas electorales |
Descanso obligatorio 1. Obligatorios | * Obligatorio laborar estos días es causal de rescisión * REMUNERACIÓN por laborar estos días es 300% salario * Si se labora uno de estos días y también cae en dia de descanso semanal, se paga 300% del salario + prima dominical 25% |
Vacaciones | Tiempo en que el trabajador no presta el servicio y tiene derecho a recibir salario |
Vacaciones Formas de computarlas | Se toma como base la antigüedad. 1er. año de trabajo --- 6 días pagados aumentan 2 días por cada año hasta llegar a los 12. Después del 4to. año aumentan 2 días por cada 5 años 1año ----6 días 2 año-----8 días 4 año------ 12 días 5 al 9 año -------14 días |
Vacaciones Atributos | 1. Continuidad 2. Periodo de vacaciones debe ser de días laborables 3. En servicios discontinuos temporales deben ser proporcionales 4. No compensables en dinero 5. No se deducirán de las vacaciones las faltas de asistencia, pues se duplicarán las sanciones |
Forma de concesión | Patrón debe conceder a trabajadores el periodo vacacional dentro de los 6 meses siguientes al cumplir el año de servicios * el patrón no las otorga hasta que el trabajador pueda demandar ante la JCA PRIMA VACACIONAL: 25 %sobre salarios |
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