APERSONARSE A LA UNIDAD DE SERVICIOS COMUNES
(PLATAFORMA)
ACUDIR A LA UNIDAD DE SORTEO DE CAUSAS
ACUDIR A LA SECRETARÍA DEL JUZGADO
REGISTRO
EN EL SISTEMA DE REGISTRO JUDICIAL SIREJ
A FALTA DE ESTE, SE LO HARÁ MANUALMENTE
SORTEO
MEDIANTE EL SIREJ
DETERMINARÁ AL CONCILIADOR
A FALTA DEL SISTEMA
SE REALIZARÁ MANUALMENTE
REMISIÓN
EL PERSONAL REMITIRÁ AL CONCILIADOR
PRESENTACIÓN
REGISTRO
SORTEO
REMISIÓN
A TRAVÉS DE:
MEMORIAL EN DEMANDA
DIRIGIDO AL JUEZ
SOLICITUD ORAL, LLENANDO FORMULARIO
EN EL SISTEMA DE REGISTRO JUDICIAL SIREJ
A FALTA DE ESTE, SE LO HARÁ MANUALMENTE
MEDIANTE EL SIREJ
SORTEO DEL JUZGADO
(JUEZ Y CONCILIADOR
A FALTA DEL SISTEMA EN EL LUGAR:
SE CONSIGNARÁ EN EL LIBRO CORRESPONDIENTE
EL JUEZ REALIZARÁ EL CONTROL
(MATERIA Y TERRITORIO)
REMITIRÁ AL CONCILIADOR ASIGNADO
CITACIÓN Y EMPLAZAMIENTO
EL CONCILIADOR SEÑALARÁ AUDIENCIA
CITARÁ A LAS PARTES
AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN
NO ES OBLIGATORIO LA PRESENCIA DE UN ABOGADO
SI UNA DE LAS PARTES TIENE ABOGADO, EL CONCILIADOR DEBE GARANTIZAR LA IGUALDAD Y EQUIDAD.
LAS PARTES, EL CONCILIADRO, EL APOYO TECNICO Y LOS ABOGADOS
ESTARÁN EN LA MESA DE CONCILIACIÓN
SI UNA DE LAS PARTES NO PUEDE CONCURRIR, HARÁ CONOCER EL IMPEDIMENTO PARA SU VERIFICACIÓN, SI ES JUSTIFICADO
SE SEÑALA NUEVO DÍA Y HORA DE AUDIENCIA
LA PARTE CITADA NO ASISTE A LA AUDIENCIA, TODOS LOS ARGUMENTOS SE PRESUMIRAN COMO CIERTOS
PODRÁN SER USADOS POSTERIORMENTE EN EL PROCESO JUDICIAL
DESARROLLO DE LA AUDIENCIA
EL CONCILIADOR INICIARÁ LA AUDIENCIA SEÑALANDO:
M
A
R
C
O
G
E
N
R
A
L
EL OBJETO, EL ALCANCE, LOS BENEFICIOS Y LOS LÍMITES
APLICARÁ TÉCNICAS Y HERRAMIENTAS DE CONCILIACIÓN
OTORGARÁ LA PALABRA AL SOLICITANTE, PARA CONCOER SU PROPUESTA
IDENTIFICARÁ LAS POSICIONES, NECESIDADES E INTERESES DE LAS PARTES
SI NO HAY ACUERDO, PROPONDRÁ ALTERNATIVAS DE SOLUCIÓN
DESARROLLARÁ LA AUDIENCIA MANETENIENDO LA IMPARCIALIDAD
Agotada la conciliación, con acuerdo conciliatorio total o parcial, o sin acuerdo; la o el conciliador dará a conocer a las partes sobre los efectos del resultado al que arribaron.
ACTA DE CONCILIACIÓN
EMISIÓN DEL ACTA DE CONCILIACIÓN
EL CONCILIADOR REDACTARÁ EL ACTA DE CONCILIACIÓN DE MANERA CLARA, COHERENTE, SENCILLA Y PRECISA
TODOS LOS ACUERDO ALCANZADOS
EMISIÓN DEL ACTA DE CONCILIACIÓN
Acta de Conciliación Total:
cuando las partes arriben a un acuerdo total que resuelva el conflicto
Acta de Conciliación Parcial:
cuando las partes logren conciliar sólo una parte del conflicto.
Acta de Conciliación Fallida:
cuando las partes no arriben a ningún acuerdo
Acta de Incomparecencia:
cuando una de las partes o ambas no concurrieran a la audiencia citada
REMISIÓN AL JUEZ PARA APROBACIÓN O DESESTIMACIÓN
SE REMITIRÁ AL JUEZ CORRESPONDIENTE
EL CUAL SE PRONUNCIARÁ MENDIANTE AUTO DEFINITIVO
EN EL PLAZO DE 5 DÍAS
EN CASO DE APROBACIÓN, TENDRÁ VALOR DE COSA JUZGADA
SI ES DESESTIMADA, EL JUEZ DEBE FUNDAMENTARLA
SI FUERE PARCIAL, SERÁ APROBADA PARCIALMENTE, LOS PUNTOS NO CONCILIADOS QUEDARÁN PENDIENTES PARA UN FUTURO PROCESO.
EN EL MOMENTO DE SU APROBACIÓN:
EL JUEZ ORDENARÁ ENTREGA DE TESTIMONIO O FOTOCOPIA LEGALIZADA DEL ACTA DE CONCILIACIÓN Y AUTO DEFINITIVO, DANDOLE CARÁCTER DE DOCUMENTO PÚBLICO
EJECUCIÓN DEL ACTA DE CONCILIACIÓN
EL JUEZ QUE APROBÓ EL ACTA, SERÁ COMPETENTE PARA LA EJECUCIÓN DE LOS ACUERDO ARRIBADOS
EN CASO DE INCUMPLIMIENTO, SE PODRÁ INICIAR PROCESO DE EJECUCIÓN COACTIVA DE SUMA DE DINERO