Garantiza el acceso a contenidos diversificados
Hace que la información se convierta en conocimiento
Posibilita y da perdurabilidad de autenticas sociedades del conocimiento
1. Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión. Este derecho comprende la libertad de opinión y la libertad de recibir o de comunicar informaciones o ideas, sin que pueda haber injerencia de autoridades públicas y sin consideración de fronteras. El presente artículo no impide que los Estados sometan a las empresas de radiodifusión, de cinematografía o de televisión a un régimen de autorización previa.
2. El ejercicio de estas libertades, que entrañan deberes y responsabilidades, podrá ser sometido a ciertas formalidades, condiciones, restricciones o sanciones previstas por la ley, que constituyan medidas necesarias, en una sociedad democrática, para la seguridad nacional, la integridad territorial o la seguridad pública, la defensa del orden y la prevención del delito, la protección de la salud o de la moral, la protección de la reputación o de los derechos ajenos, para impedir la divulgación de informaciones confidenciales o para garantizar la autoridad y la imparcialidad del poder judicial.
Adaptación de la sociedad al desarrollo de nuevas tecnologías
Transforman la difusión de ideas y opiniones.
Propicia la utilización de nuevas tecnologías
Permiten que más ciudadanos accedan a la información
Se favorece la participación en el conocimiento y toma de decisiones
Hacia las sociedades del conocimiento, Ediciones UNESCO, México, 2005
Wikipedia. (2019) La libertad de expresión. Recuperado de https://es.wikipedia.org/wiki/Libertad_de_expresi%C3%B3n
Wikipedia. (2019) Artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Recuperado de https://www.derechoshumanos.net/Convenio-Europeo-de-Derechos-Humanos-CEDH/articulo10CEDH.htm
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Integrantes del equipo:
Demeneghi Gasperin María de los Ángeles
Díaz Medina Jonathan Pável
Escamilla Gerónimo Martha
Pérez Moralez Judith de los Ángeles
Reyes Patricio Leonor