Órgano Administrativo que inicie o tramite un procedimiento
- Cualquier manera de iniciación
- Acuerdo de acumulación: Acumulación de procedimientos con otros con los que guarde indentidad sustancial o íntima conexión
- De oficio/instancia de parte
- Mismo órgano para todos los procesos
- No proceden recursos en contra del acuerdo de acumulación
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Art. 69 Declaración Responsable
- Documento suscrito por el interesado que manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos de la normativa vigente:
- Recogidos de manera clara, expresa y precisa
- Validez desde el día de su presentación (sin perjuicio de los mecanismos de comprobación/control/inspección)
Establecidos por la norma vigente para obtener el reconocimiento de:
-Derecho
-Facultad
-Su ejercicio
- Mantendrá los requisitos el periodo necesario para el cumplimiento de obligaciones
- Dispone de la acreditación: A disposición de la Admin Pública cuando sea requerida
- Si no la presenta // INEXACTITUD/FALSEDAD/OMISIÓN de carácter esencial:
- Imposibilidad de continuar el ejercicio del derecho
- Responsabilidad Civil, penal o administrativa
- Podrá obligarsele a restituir la situación jurídica
- Imposibilidad de instar de nuevo (periodo determinado por LEY)
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Art. 69 Comunicación
Documento mediante el que los interesados ponen en conocimiento de las Administraciones Públicas:
- Datos identificativos
- Datos Relevantes
- Para:
- Inicio de Actividad
- Ejercicio de un Derecho
- Validez:
- desde el día de su presentación (sin perjuicio de los mecanismos de comprobación/control/inspección)
- Dentro de un plazo posterior (cuando la legislación correspondiente lo prevea expresamente)
Si no la presenta // INEXACTITUD/FALSEDAD/OMISIÓN de carácter esencial:
- Imposibilidad de continuar el ejercicio del derecho
- Responsabilidad Civil, penal o administrativa
- Podrá obligarsele a restituir la situación jurídica
- Imposibilidad de instar de nuevo (periodo determinado por LEY)
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Art. 69: Modelos D. Resp. y Comunicación
Para iniciar una misma actividad, solamente será exigible 1 de las dos (no se podrá exigir ambas)
- Bien declaración responsable
- Bien Comunicación
Las Administraciones Públicas:
- Modelos de declaración y comunicación publicados y actualizados
- Accesibles a los interesados
Caption: : Dentro de la Participación de los interesados en la Instrucción del procedimiento
Audiencia en la instrucción:
Los interesados o sus representantes pueden alegar, presentar documentos y justificaciones, después de instruir los procedimientos y antes de redactar la propuesta de resolución. Antes también de la posible solicitud de informes (asesoramiento jurídico o el dictámen del Consejo del Estado o su equivalente en las CCAA).
El plazo será de entre 10-15 días, pero el interesado puede manifestar que no presentará alegaciones antes de este período, y el trámite se dará por realizado.
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Art. 118 Audiencia de los interesados
[Dentro del capítulo de RECURSOS ADMINISTRATIVOS, tras recaer resolución]
- Nuevos hechos o documentos a tenerse en cuenta:
- No recogidos en el expediente originario
- entre 10-15 días de plazo
- Otros interesados: traslado del recurso para que aleguen en el período de 10-15 días
- Alegaciones, documentos, justificantes nuevos presentados por los interesados
- NO tenidos en cuenta:
- Cuando se podrían haber presentado en el trámite ordinario y no se presentaron
- No podrá solicitarse la práctica de pruebas imputables al interesado y que no se realizaron en el procedimiento
- No son documentos nuevos:
- Informes, recursos, propuestas
- Documentos aportados ANTES de recaer resolución