LEY 911 DE 2004

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Resumen de la ley
Norma Teresa Molina Ceballos
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Norma Teresa Molina Ceballos
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    Por la cual se dictan disposiciones en materia de responsabilidad deontológica para el ejercicio de la profesión de Enfermería en Colombia; se establece el régimen disciplinario correspondiente y se dictan otras disposiciones
    LEY 911 DE 2004

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    CREACIÓN Y COMPETENCIA
    La Ley 266 de 1996, en el Capitulo IV, artículo 10, creó el Tribunal Nacional Ético de Enfermería, con autoridad para conocer los procesos disciplinarios  ético-profesionales que se presentan en la práctica de quienes ejercen la enfermería en Colombia.

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    La Ley 266 de 1996, artículo 12, parágrafo 2, creó los tribunales ético departamentales de enfermería en las capitales de los departamentos.
    CREACIÓN Y COMPETENCIA

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    FUNCIONES OTORGADAS AL TRIBUNAL NACIONAL ÉTICO DE ENFERMERÍA
    FUNCIONES TNEE 
    •Adoptar el código de ética de enfermería. •Reglamentar los tribunales éticos de  enfermería departamentales.•Establecer el proceso disciplinario deontológico-profesional.•Darse su propio reglamento y gestionar el presupuesto

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    El CÓDIGO DE ÉTICA COMO LEY
    Lo dispone la Constitución Política de Colombia, 1991, Artículo 150 “Expedir  códigos de todos los ramos de la Legislación y reformar sus disposiciones”.Requiere ser Ley de la República para el funcionamiento de los      tribunales de ética

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    PROCESO DE ELABORACIÓN DE LA LEY   1997 – 2004
    Fundamento, código de ética de ACOFAEN “Guía para el Desempeño del Profesional de Enfermería”.
    Construcción de cinco versiones con :Asesoría se expertos juristas y eticistas Aportes y sugerencias de enfermeras de servicio,de docencia, y de las organizaciones de enfermería: ANEC, ACOFAEN y CTNE.

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    LA LEY DEONTOLÓGICA PARA EL EJERCICIO DE PROFESIÓN DE ENFERMERÍA EN COLOMBIAES UNA GUÍA PARA EL EJERCICIO RESPONSABLE DE LA PROFESIÓN DE ENFERMERIA, COMO CUIDADORA DE LA VIDA, DENTRO DEL MÁS ESTRICTO RESPETO A LA DIGNIDAD DEL SER HUMANO.
    LEY 911 DE 2004

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    ES UNA GUÍA PARA : ³Asegurar un ejercicio idóneo de la profesión  ³Favorecer la autonomía del profesional de enfermería  ³Hacer evidentes los derechos del profesional de enfermería ante la sociedad y protegerlos.
    LEY 911 DE 2004

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    Implica un juicio de valor y un proceso dinámico y participativo para identificar y dar prioridad a las necesidades y decidir el plan de cuidado de enfermería, con el propósito de promover la vida, prevenir la enfermedad, intervenir en el tratamiento, en la rehabilitación y dar cuidado paliativo con el fin de desarrollar, en lo posible, las potencialidades individuales y colectivas.  
    LEY 911 DE 2004

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    DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS Y VALORES ÉTICOS.ARTÍCULO 1o. El respeto a la vida, a la dignidad de los seres humanos y a sus derechos, sin distingos de edad, credo, sexo, raza, nacionalidad, lengua, cultura, condición socioeconómica e ideología política, son principios y valores fundamentales que orientan el ejercicio de la enfermería.
    TITULO I: PRINCIPIOS Y VALORES
    ARTÍCULO 2o. Además de los principios que se enuncian en la Ley 266 de 1996, capítulo I, artículo 2o, los principios éticos de Beneficencia, No-Maleficencia, Autonomía, Justicia, Veracidad, Solidaridad, Lealtad y Fidelidad, orientarán la responsabilidad deontológica - profesional de la enfermería en Colombia.

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    Caption: : PRINCIPIOS Y VALORES ÉTICOS DEFINICIÓN DE ACTO DE CUIDADO
    TITULO I: DEFINICION DE CUIDADO
    ARTÍCULO 3o. El acto de cuidado de enfermería es el ser y esencia del ejercicio de la Profesión. Se fundamenta en sus propias teorías y tecnologías y en conocimientos actualizados de las ciencias biológicas, sociales y humanísticas. Se da a partir de la comunicación y relación interpersonal humanizada entre el profesional de enfermería y el ser humano, sujeto de cuidado, la familia o grupo social, en las distintas etapas de la vida, situación de salud y del entorno.

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    TITULO I
    TITULO II
    FUNDAMENTOS DEONTOLÓGICOS DEL EJERCICIO DE LA ENFERMERIA.CAPITULO I. AMBITO DE APLICACIÓN.   ARTÍCULO 4o. Esta ley regula, en todo el territorio de la República de Colombia, la responsabilidad deontológica del ejercicio de la enfermería para los profesionales nacionales y extranjeros que estén legalmente autorizados para ejercer esta profesión, en concordancia con lo dispuesto en la Ley 266 de 1996, Capítulo V, artículos 14 y 15.  

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    CAPITULO II.  CONDICIONES PARA EL EJERCICIO DE LA ENFERMERÍA.    En el acto de cuidado de enfermería.El consentimiento informado La confidencialidad e intimidad Aboga por los derechos de los seres humanos, especialmente de quienes tienen limitada su capacidad para ejercer su autonomía.

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    Específica:La obligación de medios, más no de resultados que ímplica el ejercicio de la enfermería El uso de la objección de conciencia frente a: �Conductas que vulneran el respeto a la vida, la dignidad y los derechos de los seres humanos. �Riesgos o tratamientos injustificados para el sujeto de cuidado

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    ESTABLECE Delegación de actividades de cuidado a las auxiliares de enfermería. El derecho del profesional de enfermería de definir y aplicar criterios para seleccionar, supervisar y evaluar el personal profesional y  auxiliar de enfermería
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