Para
tener un mejor entendimiento acerca del contenido de la ley General del Servicio Profesional Docente, en su Articulo 4 define de manera mas precisa los siguientes vocablos: Actualización, aplicador, autoridades educativas, autoridad
educativa local, capacitación, educación Básica, educación media superior, escuela, evaluación del desempeño
docente, evaluador, incentivos, formación, indicador, ingreso, instituto, ley,
marco general de una educación de calidad, nombramiento (provisional, por
tiempo fijo o definitivo), organismo descentralizado, parámetro, perfil,
permanencia en el servicio, personal con funciones de dirección y de
supervisión, personal docente, personal con funciones de asesoría técnica
pedagógica, personal técnico docente, promoción, reconocimiento, secretaria,
servicio técnico de asistencia a la escuela, servicio profesional docente.