Regla de conducta que regula al
humano en la sociedad ya sea
obligatoria o no
Tipos de normas
Normas jurídicas
Ceadas por el poder
ejecutivo y el
legislativo
Características
Heteronoma, extrema, bilateral, coercible
Normas morales
Reglas de conducta de un ser
humano de las concepciones
para distinguir el bien y el
mal con respecto a los
valores éticos
Características
Interna, unilateral, incoercible, autonoma
Normas religiosas
Creadas por dios o la
iglesia, regulan la
conducta de las
personas
Características
Interna, uni lateral, incoercible, autonoma
Convencionalismos sociales
Creadas por el vinculo social,
clases sociales
Características
Externa, unilateral, incoercible, heterodoxa
Su clasificación
Autonomo
Procede de
uno mismo
Heteronomo
Proceden de otro
Unilateral
Conceden solo obligaciones
Bilateral
Obligaciones y derechos
Coercible
Pueden
exigirse por la
fuerza
Incoercible
No pueden
exigirse por
la fuerza
Interno
Si importa la
interacción de
sujeto
Externo
Importa el
resultado
material
de la
conducta
Concepto
de moral
conjunto de
costumbres y
normas que se
consideran buenas
para dirigir o juzgar
el comportamiento
de las personas de
una comunidad
Concepto
de
derecho
Conjunto de
principios, leyes y
reglas que regulan la
vida en sociedad y
que las personas
deben obedecer
Circulo de Garcia maynez
D.V; D.I.V; DP
Ideal del ser humano:
1.- Derecho Vigente(el
que debería aplicarse)
2.- Derecho
Intrínsecamente
Valido(el que tiene
valores) 3.- Derecho
Positivo(el que se
aplica)
Fuentes
del
derecho
Retro actividad jurídica
Llevar una ley
vigente para
sancionar un
tercero para
beneficiarse
Ultra actividad
Levar una ley anterior al
presente siempre y
cuando no afecte al
inculpado
Fuentes
formales,Reales e
Históricas
Fuentes formales
Los procesos de
creación de las
normas jurídicas
1.- Iniciativa
2.- Discucion
3.- Aprobación
3.- Sancion
4.- Promulgación
5.- Aplicación
Fuentes reales
Factores y
elementos que
determina el
contenido de las
normas jurídicas
Fuentes históricas
Aplicarse a los
documentos que
encierran el texto
de una ley o
conjunto de leyes
FUNDAMENTOS DEL
DERECHO, Profesor: Ricardo
Puebla ,Alumno: Jorge
Vazquez ,1MES
I.-Marco
introductor al
derecho
Ubicación
del
derecho
Surge como disciplina
jurídica autonoma, a
finales del siglo XVIII y
principios del siglo XIX
Derecho objetivo
Norma bilateral
que regula la
conducta.
Impone deveres
y atribuye
derechos
Derecho positivo
Lugar y tiempo determinado.
Tendencia a que todo tiene
que ser visible y palpable
Derecho natural
Propia
naturaleza y
razón humana.
Son los
derechos que
tenemos por
ser humanos
Principos
fundamentales
del
derecho
Prudencia
Derivada de la ley
divina como
conclusion practica
Autoridad
Lo decretado u
ordenado, tenga
fuerza de ligar u
obligar moral
mente a su
cumplimiento
Condiciones de ley
Prudencia en
el legislador y
que sepa
imponer las
leyes de
acuerdo a la
justa razón
Origenes
del
derecho
Se basa en la necesidad impuesta por la condición del ser humano
Ley de las XII tablas
(450 a.c) Primer sistema
jurídico
Roma>Griegos>Babilonia
Tablas de la
ley(ley
Mosaica)
(XIII a.c) Fueron rebeladas a
Moises en el monte Sinaí;
conjunto de principios
éticos y de adoración a dios
Codigo de Hammurabi
(1728 a.c) Elaborado por
el sexto rey Hammurabi,
el primer texto jurídico
con estructura
cuneiforme
Ley de talión: ojo por
ojo diente por diente
Codigo civil francés
(1804) el respeto
a los derechos
humanos
Constitucion de Cadiz
(19 de marzo de
1812) primera
constitucional de
España
III.-Derecho y
estado
Teoria de
la divsion
de
poderes
En cada estado
hay tres
poderes:
Ejecutivo,
Legislativo y
Judicial
Ejecutivo
El responsable
de la gestión
diaria del
estado y
concibe y
ejecuta
políticas
Legislativo
Es aquel que
crea las leyes y
también las
modifica
Judicial
Es el poder de
estado
encargado de
impartir
justicia en
una sociedad
Elementos
del estado
Gobierno
Toda sociedad
organizada ha de
mantenerse de una
voluntad que la
dirija
Territorio
Suele definirse
como la porción
del espacio en
que ejercita su
poder
Población
Personas que
pertenecen a
un estado
componen la
población de
este
Teoria de la
indivisibilidad
del poder
politico
No hay soberania
imitada, compartida o
dividida, pueden
coexistir pero nunca
como titulares del
mismo poder
FUNDAMENTOS DEL DERECHO,
Profesor: Ricardo Puebla,
Alumno: Jorge Vazquez, 2 MES
IV.-DICIPLINAS
JURIDICAS
Las
disciplinas
jurídicas
Conjunto de ciencias
que estudian el
derecho, el
ordenamiento jurídico
Fundamentales
La opinion
dominante,
filosofia del
derecho y la
jurisprudencia
técnica
Filosofia del derecho
Buscar la verdad, la
rectitud que debe
llevar el derecho
bajo el precepto de
la justicia
Filosofia
Ambosbuscan la
verdad ya que
estudian los
fenómenos y
relaciones
Una
explicación
exaustiva del
mundo, del
hombre y la
actividad
humana
Investiga lo que deveria ser
Características
Normativo y subjetivo
Filosofia juridica
Inquiere en primer
termino¿que es el derecho?
la verdad "autonomía", el
conocimiento ultimo y
verdadero
Cuestiones filosóficas
Logica
El problema del conocimiento
Cosmologico
El problema de la existencia
Etico-religioso
El problema de la estimación de los valores
Psicologico
El problema de la conciencia
Metafisica
El "substratum" de las cosas
Jurisprudencia tecnica
Tiene por objeto la
exposición ordenada y
coherente de los
preceptos jurídicos que
se Allan en vigor, en una
época y en un lugar
determinado y el
estudio a su
interpretación y
comprensión.
Teorico
Exposición
de las reglas
jurídicas
Tecnico
Arte de la
interpretación y la
aplicación de las
normas
Tecnica juridica
Causalidad jurídica
No hay consecuencia
jurídica sin un supuesto
de derecho
A toda acción hay
una sanción,
causa-efecto
Interpretación
Interpretación autentica
Poder legislativo
Interpretación doctrinal
Solo es una referente a la
opinión de nosotros, no tiene
ningún poder contra el juez
Interpretación judicial
Los magistrados, ministros
Integración
Vigencia
Retro actividad
Conflicto de leyes
Opinion dominante
Auxiliares
Historia
del
derecho,derecho
comparado
y
sociología
jurídica
Derecho comparado
Como su nombre lo indica, esta disciplina
consiste en el estudio comparativo de
instituciones o sistemas jurídicos de diversos
lugares o épocas, con el fin de determinar las
notas comunes y las diferencias que entre
ellos existen.
Sociologia juridica
Es la rama que estudia los problemas,
implicaciones y objetivos, así como
aquello concretamente a las relaciones
entre el derecho y la sociedad
Historia del derecho
Formulación, aplicación y
comentarios del derecho, se
ocupa también de las
instituciones reguladas por el
Ciencia
Las
disciplinas
cientificas
nunca son
axiológicas,
son
explicativas
o
demostrativas
Son ensayos de
explicación
parcial de lo
que existe,
estudia
únicamente
fenómenos y
relaciones
Características
Es explicativo y objetivo
Existen dos clases de disciplinas científicas
Ideograficas
Ciencias históricas( ciencias de sucesos)
Nomoteticas
Relaciones entre fenómenos naturales
Investiga
exclusivamente
lo
que
es
Axiologia
Estudia
el valor
de las
cosas
Disciplinas axiológicas
La etica, la
estetica, la
filosofia de
religion y la
filosofia del
derecho
Axiologia jurídica
Los valores cuya
disposición debe
aspirar el orden
jurídico positivo,
justicia
V.-NORMAS DE
DERECHO Y LOS
SUPUESTOS
JURIDICOS
Supuestos
jurídicos y
consecuencias
de
derecho
Supuestos jurídicos
La hipotesis de de cuya
realización depende las
consecuencias
establecidas por la norma
Simple
Una hipótesis
Compleja
Dos o mas hipotesis
Formula de Helmholtz
Toda norma estatuye que a
determinados supuestos,
imputase determinadas
consecuencias
Consecuencias de derecho
Las consecuencias
jurídicas a que da origen
la producción del
supuesto pueden
consistir en el
nacimiento( no hay
consecuencias de
derecho sin supuestos
jurídicos) , la
transmisión,la
modificación o la
extinción de las
facultades y
obligaciones
Vinculo que une
los supuestos y
las
consecuencias
normativas
Algunos autores
lo comparan al
que existe entre
las causas y los
efectos. en el
ámbito de la
naturaleza.
Toda
consecuencia de
derecho hallase
condicionada por
una hipótesis
que, al realizarse
la produce
Las consecuencias de
derecho fefierense
siempre a las acciones
del hombre, ya que no
tendría sentido dictar
normas a la naturaleza.
Esta es una diferencia
esencial entre leyes
naturales y normas
Echos y
actos
jurídicos
Echos juridicos
Son los que
proceden por si
mismo las
consecuencias del
derecho
Dos o mas hechos
jurídicos son
compatibles entre si
cuando al realizarse
suman sus
consecuencias o
producen otras
nuevas
Un echo jurídicos es
incompatible con
otro si, al enlazarse
con el, aniquila sus
efectos. El mas
sencillo ejemplo de
incompatibilidad
nos lo ofrece las
obligaciones sujetas
a la condición
resolutoria.
Dos clasificaciones
de los hechos
jurídicos
General
Propuesta por el
jurista italiano
Francesco Carnelutti
Los hechos jurídicos según
este autor se pueden
clasificar desde dos puntos
de vista:
a) Atendiendo a su naturaleza
Examinados desde este angulo
los hechos jurídicos aparecen
divididos en dos grupos:
(a) Naturales o causales
Son
fenómenos
de la
naturaleza
(b) Humanos o voluntarios
Acontecimientos
voluntarios a los
que la ley enlaza
consecuencias d
derecho
(c) Actos jurídicos
Estos forman el grupo mas numeroso e
importante de hechos jurídicos.
Pueden dividirse en tres clases,
atendiendo a las relaciones entre el fin
político y el efecto jurídico del acto.
Tales relaciones son de tres tipos: a) De
inferencia b) De coincidencia c) De
oposicion.
1)Licitos
Cuando la finalidad
practica no coincide con
la consecuencia
normativa, ni se opone a
ella, dices que la relación
es inferencias y el acto es
licito
2)Actos jurídicos, en sentido estricto
Si el fin practico del
autor del acto
concuerda con la
consecuencia jurídica
de este, nos
encontramos en
presencia de un acto
jurídico en sentido
estricto
3)Actos lícitos
Cuando entre la finalidad
practica y la consecuencia
jurídica hay oposicion, debe
hablarse de actos jurídicos
ilícitos
b) De acuerdo a los efectos que producen
Desde este punto de vista "se habla de eficacia secundaria
cuando el echo no tiene efectos sino unido a otro, cuya
eficacia modifica". Los de eficiencia principal pueden provocar
por si mismos consecuencias de derecho. a los de eficacia se
les llama también condiciones jurídicas. Los principales son
consecutivos o extintivos, según que den nacimiento a una
relación de derecho o la exigan. Las condiciones jurídicas
pueden paralizar o modificar la eficacia de los hechos
principales; por esta razón se habla de condiciones
impeditivas y modificativas
Especial, relativa
al derecho civil
CLASIFICACION DE CARNELUTTI
CLASIFICACION DE LOS ECHOS JURIDICOS EN MATERIA CIVIL. DOCTRINA FRANCESA
Actos jurídicos
Es una manifestación exterior de la voluntad,
bi lateral o unilateral cuyo fin directo
consiste en engendrar, con fundamento en
una regla de derecho o en una institución
jurídica, a cargo o en provecho de una o
varias personas
Normas de
derecho
Es el ordenamiento
social justo, es el
conjunto de normas
jurídicas que rigen la
conducta de los
habitantes, su fin es
el bien comunicado y
la justicia
El tribunal especial y las normas
especiales desaparecen después de
juzgar, se aplican y desaparecen
VI.-Derecho de
libertad
Puede y deve ser definido
en forma positiva, pues de
lo contrario se indicara sus
limites no su esencia.
Libertad jurídica
En sentido positivo, es la
facultad que toda
persona de ejercer o no
ejercer sus derechos
subjetivos
Ser libre en sentido jurídico
No es otra cosa
que tener
derechos no
fundados en
nuestros propios
deberes
Libertinaje
Abusar de una libertad y que esta se distorsione
Derecho potestativo
Ejecución y la omisión de los que no están ordenados ni prohibidos
Licita
La ejecución de los ordenados
Ilicita
La ejecución de lo proibido
Derecho de prescripción
Adquirir o perder un
derecho por el transcurso
del tiempo
VII.-Derecho
de acción
Derecho
subjetivo de
naturaleza
publica
Facultadde pedir a los
órganos
jurisdiccionales la
aplicación de las
normas jurídicas a
casos concretos
Movilizar la maquinaria
jurídica para que un
problema se resuelva
Auto defensa
La facultad de
defender su
derecho,
repeler los
ataques
dirigidos contra
este
Evolucion entre la solución de
conflictos entre particulares
Venganza privada desmedida
Venganza privada limitada
Privada amigable composición
Venganza publica
Forma de resolver los conflictos
Derecho depretencion
El derecho subjetivo
privado mediante el
cual una persona
manifiesta su
propósito para efecto
de conseguir algo de
acuerdo así interés
Derecho subjetivo
de naturaleza
privada
Funcion jurisdiccional
Cuando la solución de las
controversias y en general la
tutela del derecho quedan
encomendada al publico
Funcion administrativa
Actuar por cuenta propia
Diferencias entre derecho de pretensión y
derecho de acción
Derecho de pretensión
Derecho subjetivo publico
Cuando queremos que algo pertenezca o
no a nuestro patrimonio jurídico
Derecho de acción
Derecho subjetivo privado
Resolver un problema juridico
Se a aceptado que los dos son diferentes
Derecho publico
Relaciones jurídica
entre individuo y
estado
Derecho privado
Relaciones jurídica
entre individuo e
individuo
VIII.-Derecho
de petición y
derechos
políticos
Derechos políticos
Yelinek
Son los que consiste en la
facultad de intervenir en la vida
publica como organo de estado
Kelzen
Facultad de intervenir en
la creación de normas
jurídicas generales
Derechos de petición
Escrito en manera
pacifica y
respetuosa
Solo ciudadanos
de la republica
mexicana tienen
uso de este
derecho
La autoridad esta
obligada a dar respuesta
mediante un acuerdo por
escrito
Debe ser un breve tiempo
Cuando se
violan se
manda a
aparo
indirecto
Según el articulo 8 implica no solo la
facultad de formar peticiones por
escrito de manera respetuosa y
pacífica, sino la de obtener un acuerdo
sobre ellas que debe ser comunicado
en breve termino al peticionario. como
el de petición y el de acción debe ser
considerado como facultad jurídica
abstracta
Breve termino
Interpretación de un
precepto jurídico
cuando no nos dice
de manera breve su
significado
Silencio administrativo
Cuando la autoridad no da
una respuesta que esta
obligada a dar da lugar a
dos características
Negativa ficta
Mi petición fue aceptada
Afirmativa ficta
Mi petición fue autorizada
Funcionario
Ejercer una
función
especifica del
estado: jueces
Nadie podrá
ser juzgado
por leyes
privativas ni
tribunales
especiales
FUNDAMENTOD DEL
DERECHO,profesor:Ricardo
Puebla,alumno:Jorge Vazquez,
3 MES
XIX.- NOCION DEL
DEBER JURIDICO
Definición
Obligacion impuesta por una
norma jurídica, consciente en
hacer o no hacer algo
Ejemplo
-Entregar una suma de dinero.
-No matar.
Obligaciones
etica
indirecta
Obligaciones que
incumbe a una
persona
Situación jurídica: es la manera de ser de cada
uno ante una institución jurídica determinada.
Posición ante contexto
Proposito
Regular la
conducta social
de los
ciudadanos
Elemento
central de la
estructura de
la norma
jurídica
Los deberes impuestos a los individuos
se origina en los principios generales
del derecho, en la ley y en las
costumbres
Caracter
Objetivo
El deber jurídico
propone de ejemplo la
existencia de una norma
jurisdiccional
Debe
incluir
-Cumplir el mandato de las
normas. -No obstaculizar el
cumplimiento de las normas
-Respetar las situaciones
jurídicas -Debe de cooperar
a la realización de la
realización de la finalidad
de la norma
XX.-Concepto
juridico de
persona
Persona
Se le da el nombre de sujeto
o persona a todo ente capaz
de tener facultades y
deberes
Persona
jurídica
Fisica
Corresponde al sujeto jurídico
individual, es decir, al hombre
cuando tiene obligaciones y
derechos
Como ambas designaciones
son ambiguas, referimos decir
persona jurídica individual y
colectiva
Moral
Las asociaciones dotadas
de personalidad( un
sindicato o una sociedad)
Problemas
que suscita el
estudio de la
noción de
persona
Consiste en distinguir las diversas
cuestiones que pueden suscitarse
acerca de la personalidad jurídica,
para indicar después en que forma
pueden ser resueltas
Teoria acerba de
la personalidad
jurídica de los
centros
colectivos (teoría
de la ficción)
Su representante
mas ilustre es el
jurista alemán
Savigny
Teoria de
Savigny
Parte de la idea de que el
unico sujeto natural de
derechos y obligaciones es
el hombre
Critica a
la teoria
de la
fiction
A continuación las principales
objeciones formadas por ferrara
contra la doctrina de Savigny
1) Teoria de la fiction como corolario de una falsa
concepción de derecho subjetivo es necesariamente
falsa. 2) Ademas si fuese cierto que la esencia del
derecho subjetivo y de la personalidad jurídica es la
facultad de proponerse fines y realizarlos. 3) Ls
personas colectivas no son entes ficticios, si no
poderosas individualidades sociales, que realizan en
la vida un papel importante.
Tesis de
Francisco
Ferrara
1) Biologica: hombre.
2) Filosofica: persona
como ser racional. 3)
Jurídica: sujeto de
obligaciones y
derechos
Teoria de
los
derechos
sin sujeto
(Alois Von
Brinz)
Teoria patrimonialista que parte
de la división de los patrimonios
en dos categorías
Personal
Pertenecen a un sujeto
Impersonal
Carecen de dueño,
pero se encuentran
adscritos a lo largo
de una finalidad
determinada y
gozan de garantías
jurídicas especiales
Critica de la
tesis de
Alois Von
Brinz
1.- Contra la doctrina del
patrimonio del destino.
2.- Entre patrimonios de
personas y de afectación.
3.-La teoría del
patrimonio no logra
explicar la personalidad
jurídica del estado, ya
que no puede definirse
como patrimonio de
afectación
Bonelli: si hay
patrimonios que no
pertenecen a una
persona y se encuentran
destinados al logro de
determinado fin
Teorias
realistas
Diversas doctrinas que poniéndose a
las dos anteriores doctrinas (la teoría
de la ficción y la de Brinz) declara
que las personas jurídicas tanto
privadas como publicas son
realidades. Los patrimonios de tales
doctrinas afirman que el concepto de
sujeto de derecho no coincide con el
hombre, ni se haya referido
exclusivamente a los seres dotados
de voluntad.
Tesis de
Francisco
Ferrara
Las personas poseen
según el maestro
italiano 3 acepciones
principales a saber:
1.- Biologica: hombre
2.- Filosofica: es decir,
persona como ser
racional capaz de
proponerse fines y
realizarlos
3.- Jurídicas: sujeto de
obligaciones y derechos
Elementos de las
personas jurídicas
colectivas de
acuerdo a la tesis
De Francisco
Ferrara
Las personas jurídicas pueden
definirse como "asociaciones o
instituciones". La definición
precedente rebela que son 3
elementos de aquellas a saber
1.- Una asociación de hombres
2.- El fin cuyo logro se encuentran destinadas
3.- Las asociaciones o instituciones
Critica de la
tesis de
Francisco
Ferrara
Eduardo Garcia
Maynez explica
que el
reconocimiento
es un acto
consecutivo de la
personalidad
jurídica, equivale
en el fondo a
sostener una
opinión
esencialmente
igual a la
definida por
Savigny y sus
adeptos
XXI.- SANCION
Y COACCION
Sanción
Coaccion
La aplicación forzada de la sanción
La sanción no debe ser confundida con los actos de coacción. Aquella
es una consecuencia normativa de carácter secundario, estos
constituyen su aplicación o realización efectiva.
Clasificación
Negativas
Penales
Características
Art 2
Penales
Medios de seguridad
Civiles
Positivas
premial
Es laa consecuencia jurídica que el
incumplimiento un deber produce
en realización con el obligado
XXII.-
APLICACION
DEL DERECHO
Preceptos
jurídicos
Supuesto
Es la hipotesis de cuya
realización da
nacimiento a las
consecuencias
normativas que la
disposición señala
Disposición
Indica los deveres y
derechos que la
producción del
supuesto engendra
Tecnica
La aplicación
adecuada de
medios para el
logro de
propósitos
artistcos
Tecnica
legislativa
Es el arte de
la
elaboración o
formulación
de leyes
Aplicación
de
preceptos
Se especifica la
relación de
finalidades
jurídicas concretas
Determinación
de
los
sujetos
Individualizacion de los sujetos
El sujeto del dever y a los
titulares de facultades
Silogismo
juridico
El razonamiento de
la aplicación de los
preceptos del
derecho es de tipo
silogismo
Premisa mayor
Esta constituida
por la norma
genérica
Premisa menor
Por el juicio que
declara realizado
el supuesto de
aquella
Conclusion
Es el que imputa a los
sujetos implicados en el caso
las consecuencias de
derecho
La tecnica
juridica
Tiene por objeto el estudo
de los problemas
relacionados con la
aplicación del derecho
objetivo a casos concretos