Ley 1014 de 2006 De fomento a la cultura
del emprendimiento
Articulo 11
Objeto de las mesas de
trabajo
Las mesas de trabajo conformadas por las
redes de emprendimiento tendrán el siguiente
objeto
1. Sensibilización
Trabajar
en el diseño
y ejecución
de un
discurso
unificado,
orientado a
motivar a la
gente para
que se
involucre en
el
emprendimiento.
2. Formación
Unificar
criterios de
formación.
Formar
Formadores.
Extender la
Formación a
colegios
públicos y
privados
3. Preincubación:
Identificar
Oportunidades de
Negocio y
proponer una
metodología de
Plan de Negocios
orientado a
simplificar
procesos en la
región y
adecuarlos a la
toma de
decisiones de
inversionistas y
del sector
financiero.
4. Financiación
Impulsar y recoger
en un sistema las
fuentes de
recursos
financieros para
los
emprendimientos
que se
desarrollan en la
región,
permitiendo
pasar de los
estudios de
factibilidad a
empresas del
sector real.
5. Creación de Empresas:
La iniciación de
operaciones de las
empresas para que
alcancen su
maduración en el
corto plazo y se
garantice su
autosostenibilidad.
6. Capacitación Empresarial y
Sostenibilidad
Diseñar y
dinamizar un
modelo que
diagnostique la
gestión de las
empresas
(mercados,
finanzas, técnicos,
etc.) y faciliten
planes de acción
que permitan el
mejoramiento
continuo de las
mismas y su
sostenibilidad en
el largo plazo.
7. Sistemas de Información
Articular y estructurar
toda la información
generada en las Mesas
de Trabajo en un
Sistema de Información,
facilitando la labor de
las instituciones
participantes de la Red
y en beneficio de los
emprendedores,
proporcionando
información sobre
costos y tiempos de
los procesos de
emprendimiento por
entidad oferente.
Articulo 10
Mesas de trabajo de la red
de emprendimiento.
Son un espacio de discusión y
análisis para que todas las
instituciones que conforman la Red,
se sientan partícipes y logren
desarrollar acciones con base en los
lineamientos contemplados por las
mismas.