También pueden ser los órganos estatales que intervienen en el proceso penal.
Se clasifican en:
Fundamentales que son el juez y las partes.
Connaturales que son los alguaciles y los secretarios
Eventuales que son los civiles.
El órgano jurisdiccional.
Son aquellos donde se ventilan los juicios, procesos siempre precedidos por un juzgado.
Es una nueva dimensión en el quehacer jurisdiccional control juicio y ejecución
El juez de control.
Califica de legal la detención.
Vincula a proceso al imputado.
Presenciara la formulación de la imputación.
Girara la audiencia.
Señalara las medidas cautelares.
El órgano de decisión el juez o tribunal oral.
Presencia ininterrumpida de tres jueces quienes escucharan los alegatos de apertura por las partes.
El desahogo de las pruebas admitidas por el juez de control u escucharan los alegatos de clausura.
El juez de ejecución de penas.
Es quien emite un fallo condenatorio o absoluto a través de la libre valoración de la prueba.
El papel del juez en el nuevo sistema de justicia penal.
Responsables de impartir justicia.
Impartir justicia de manera pronta completa e imparcial garantizando el estado de derecho.
Contribuir a fortalecer la democracia
El órgano de acusación.
El ministerio publico.
Atribuciones del ministerio publico.
Realizar actos de indagación tendentes a obtener datos de prueba que permitan ejercer la acción penal y en su momento complementar la investigación.
Intervenir ante el juez de control en la audiencia de control formulando la imputación solicitando la vinculación a proceso y pidiendo medidas cautelares
Formula la causación, ofrece medios de prueba e intervienen en su desahogo ante el juez o tribunal de enjuiciamiento.
Interviene en la tramitación de recurso de apelación la aprobación la aprobación de acuerdos preparatorios y en la sustentación del procedimiento abreviado.
Principios.
Unidad de criterio y actuación.
Vinculación a instrucciones.
Jerarquía
Legalidad
Objetividad
Probidad
Responsabilidad
Celeridad
Gratuidad
Investigación del delito.
Control judicial de la investigación.
El ministerio publico reúna indicios para el esclarecimiento de los hechos y en su caso el ejercicio de la acción penal al igual que los datos de prueba para sustentarla
La carpeta de investigación.
Cumulo de pruebas recabadas durante la etapa de investigación que sirves para la elaboración de la teoría.
El acceso judicial a la carpeta de investigación.
El acceso lo tienen las dos partes el acusado y la parte ofendida.
La cadena de custodia.
sistema de control y registro que se aplica al indicio, evidencia objeto instrumento o producto del hechos delictivo desde su localización hasta que una autoridad competente ordene su conclusión.
Suspensión de la investigación.
Detención o interrupción del desarrollo de la acción penal durante un tiempo o indefinidamente
Acción penal
Noción
Se origina a partir de un delito y que supone la imposición de un castigo al responsable de acuerdo a la ley.
Características
Publicidad
Oficialidad
Indivisibilidad
Obligatoriedad
Irrevocabilidad
Indisponibilidad
La acción penal privada.
Tipo de delito que no se considera de gravedad no se persigue de oficio y es necesaria la intervención activa de la víctima.
Policia
Fuerza de seguridad encargada de mantener el orden publico y la seguridad de los ciudadanos mediante el monopolio de la fuerza.
La víctima u ofendido.
Es quien a sufrido el delito.
Derechos de la víctima u ofendido.
Recibir asesoría jurídica e informarle de sus derechos.
Coadyuvar con el ministerio publico.
Recibir atención medica y psicologíca
Resguardar su identidad entre muchos mas derechos
Reparación del daño.
La coadyuvancia
Vela por sus intereses legítimos pero en una posición subordinada a una de las partes principales.
El imputado.
La persona que presuntamente participo en un delito y en contra de quien el ministerio publico realiza una acusación ante el juez.
Su calidad como sujeto procesal.
Es cuando se le comprueba todo lo que se le imputa
Los derechos del imputado.
Que se investigue los hechos por los que se le acusa.
Ser tratado como inocente.
Saber por que lo detuvieron.
A que la detención en el recinto policial no dure mas de 48 hrs.
informarle a la familia que fue detenido.
Que un juez revise como fue detenido
A contar con un abogado de oficio si no puede pagar uno privado.
A guardar silencio
Ser tratado dignamente.
Recibir visitas
Llevar su proceso en libertad
Los derechos del imputado detenido
Derecho a declarar o a guardar silencio a conocer los motivos por los que fue detenido y los hechos que se le imputan.
Esta prohibido que se deje incomunicado o lo intimidan.
Derecho a aportar testigos y pruebas
Derecho a ser juzgado en audiencia publica por un juez o tribunal.
Derecho auna defensa adecuada.
Derecho a ser juzgado en el plano constitucional y duración de la prisión preventiva.
Que se respeten sus derechos humanos.
La presunción de inocencia.
Establece la inocencia de la perdona como regla.
El defensor.
Se encarga de la defensa legal
El cual puede ser publico o privado.
Sus dos facetas son:
Defendiendo a la víctima.
Defendiendo al imputado.
Los auxiliares de las partes.
Como su nombre lo indica auxilian a las partes
Auxiliares de la víctima
Testigos.
Ministerio publico.
Defensa.
Peritos.
Policía judicial.
Auxiliares del imputado.
Testigos
Defensa.
Peritos particulares.
La protección legal de los sujetos procesales.
El servicio de protección.
Tiene como objetivo esencial proporcionar a funcionarios y empleados del organismos judicial de las fuerzas de seguridad civil y del ministerio publico y otras personas participantes en el proceso de la acción penal.