Es un principio jurídico universalmente reconocido
desde hace siglos que la propiedad del contenido es
del creador.
Esto no ha cambiado con internet. Por tanto, debes ser
consciente de que estás manejando información de
otros. Y cuando se manipulan bienes ajenos hay que
hacerlo con cuidado. Como desearías que hicieran con
los tuyos
La propiedad intelectual:
derechos morales
inalienables e intransferibles, al reconocimiento o
atribución de la autoría, al respeto a la integridad
de su obra, a divulgarla o no divulgarla
derechos económicos
patrimoniales o de explotación (que
son transferibles) para
reproducirla en otro soporte,
distribuir ejemplares físicos de la misma,
darla a conocer mediante las tecnologías
de la información o en actos públicos
adaptarla y modificarla en
versiones distintas.
límites por interés público
la copia privada, que te autoriza a realizar copias
de trabajo de los documentos con las que estudiar
la posibilidad de incluir en otros documentos
mediante citas
Creative Commons:
Cuando encuentres contenidos (textos, imágenes, música, etc.) bajo licencias
Creative Commons sabes que puedes reutilizarlos (reproducirlos, etc.) con
mayor libertad, dependiendo de cuál sea exactamente el tipo de licencia CC
usado en cada caso