Delitos contra la libertad y contra
el desarrollo de la persona y su
dignidad.
El articulo 178 del codigo penal, dispone
que el que atentare contra la libertad
sexual de otra persona con violencia o
intimidacion, sera castigado como
culpable de agresiòn sexual con la pena
de prisiòn de uno a cuatro años.
Si la agresiòn sexual consiste en algo
mas carnal, objetos, penetraciòn bucal,
anal, la pena sera de 6 a 12 años
Las penas anteriores pueden cambiar, si
la victima es menor de edad, tiene alguna
enfermedad, si intervienen mas personas
en la agresion, si el autor es algùn familiar,
o hay armas por intermedio. Sera de 12 a
15 años.
Dentro de, se encuentran otros delitos:
Acoso sexual. En el ambito de una relacion
laboral, continuada, docente o de presentaciòn
de servicios. Solicita otros favores sexuales.
Su pena es de 3 a 6 meses.
El exhibicionismo y la provocacion sexual.
Mostrarse ante menores de edad, o
cualquier persona sin su consentimiento, y
de forma morbosa, para exhibir material
pornografico. Su pena es de 1 año, multa o 6
meses.
La pornografìa y corrupcion. Ejercer como profecion
el tener relaciones sexuales a cambio de dinero, por
intermedio la humilacion, violencia, abuso. Su pena
es de 2 a 4 años o una multa y 12 meses.
Son aquellos tipificados con el codigo penal,
que tienen por objeto la privacion de la
libertad de las victimas de esta tipo de
delitos.
El desarollo de la personalidad, se
genera base a valores, rasgos y
directricer de caracter y
comportamiento, su dignidad
implica el respeto, para que cada
individuo crea su capa de
autoestima, y seguridad asì
mismo.
Queda aclarar que son puntos totalmente diferentes, pero ambos vienen
relacionados para tener un punto en medio de, y asì tener en cuenta tu
dignidas, tus derechos, y las penas a las que esta sometido cualquier delito
que nos prive de nuestra libertad.