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Régimen de competencias y atribuciones territoriales
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Jonathan Sanchez
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desarrollo local
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JONATHAN KEVIN SANCHEZ YANCHATIPAN
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JONATHAN KEVIN SANCHEZ YANCHATIPAN
over 4 years ago
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Régimen de competencias y atribuciones territoriales
GOBIERNOS MUNICIPALES. Art. 262
Competencias exclusivas sin perjuicio
Planificar el desarrollo cantonal con el fin de regular el uso y la ocupación del suelo urbano y rural.
Crear, mediante ordenanzas, tasas y contribuciones especiales
Formar y administrar los catastros inmobiliarios urbanos y rurales.
Ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón.
Planificar, regular y controlar el tránsito
Delimitar y controlar el uso de las playas de mar, riberas y lechos de ríos, lagos y lagunas
Gestionar los servicios de prevención, protección y socorro
Planificar, construir y mantener la vialidad urbana.
Planificar, construir y mantener la infraestructura física y los equipamientos de salud y educación
Preservar y garantizar el acceso efectivo de las personas al uso de las playas de mar, riberas de ríos, lagos y lagunas.
Gestionar la cooperación internacional
Prestar los servicios públicos
Preservar, mantener y difundir el patrimonio arquitectónico, cultural y natural del cantón
Regular, autorizar y controlar la explotación de materiales áridos y pétreos
En el ámbito de sus competencias y territorio, y en uso de sus facultades, expedirán ordenanzas cantonales.
GOBIERNO REGIONAL Art. 262
Competencias exclusivas sin perjuicio
Gestionar el ordenamiento de cuencas hidrográficas y propiciar la creación de consejos de cuenca
Otorgar personalidad jurídica de caracter regional
Fomentar la seguridad alimentaria regional.
Planificar el desarrollo regional de manera articulada con la planificación nacional, provincial, cantonal y parroquial.
Planificar, construir y mantener el sistema vial
Gestionar la cooperación internacional
Planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte regional y el cantonal
Determinar las políticas de investigación e innovación necesarias para el desarrollo regional
Fomentar las actividades productivas regionales.
En el ámbito de estas competencias exclusivas y en el uso de sus facultades, expedirá normas regionales.
GOBIERNO NACIONAL. Art. 261
La defensa nacional, protección interna y orden público.
Las políticas económica, tributaria, aduanera, arancelaria; fiscal y monetaria; comercio exterior
Tratados internacionales.
Las relaciones internacionales.
Las políticas de educación, salud, seguridad social, vivienda.
El espectro radioeléctrico y el régimen general de comunicaciones
. La planificación nacional.
El manejo de desastres naturales.
El control y administración de las empresas públicas nacionales.
El registro de personas, nacionalización de extranjeros y control migratorio.
Las áreas naturales protegidas y los recursos naturales.
Los recursos energéticos
competencias exclusivas sobre:
GOBIERNO PROVINCIAL. Art. 263
Competencias exclusivas sin perjuicio
Ejecutar las obras en cuencas y micro cuencas.
Fomentar la actividad agropecuaria.
Planificar, construir y mantener el sistema vial de ámbito provincia
Planificar, construir, operar y mantener sistemas de riego.
Gestionar la cooperación internacional
Planificar el desarrollo provincial de manera articulada con la planificación nacional, regional, cantonal y parroquial.
La gestión ambiental provincial
Fomentar las actividades productivas provinciales.
En el ámbito de sus competencias y territorio, y en uso de sus facultades, expedirán ordenanzas provinciales.
GOBIERNOS PARROQUIALES. Art. 267
Competencias exclusivas sin perjuicio
Planificar el desarrollo parroquial en coordinación con el gobierno cantonal y provincial.
Incentivar el desarrollo de actividades productivas comunitarias
Promover la organización de los ciudadanos de las comunas y recintos
Planificar la infraestructura física, los equipamientos y los espacios públicos de la parroquia.
Vigilar la ejecución de obras y la calidad de los servicios públicos.
La coordinación con los gobiernos provinciales, la vialidad parroquial rural.
Gestionar, coordinar y administrar los servicios públicos.
Gestionar la cooperación internacional.
En el ámbito de sus competencias y territorio, y en uso de sus facultades, emitirán acuerdos y resoluciones.
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