Los Derechos de Primera Generación o
Derechos Civiles y Políticos se refieren a
los primeros derechos que fueron
consagrados en los ordenamientos
jurídicos internos e internacionales.
Conocidos como “libertades clásicas”
fueron los primeros que exigió y
formuló el pueblo en la Asamblea
Nacional durante la Revolución francesa.
Segunda Generación
Los derechos de Segunda Generación o
Derechos Económicos, Sociales y
Culturales denominados como tienen
como objetivo fundamental garantizar
el bienestar económico, el acceso al
trabajo, la educación y a la cultura, de
tal forma que asegure el desarrollo de
los seres humanos y de los pueblos.
Tercera Generación
Los Derechos de Tercera Generación también
conocidos como Derechos de Solidaridad o de los
Pueblos contemplan cuestiones de carácter
supranacional como el derecho a la paz y a un medio
ambiente sano.
Derechos Colectivos
Son una categoría de los derechos humanos, que se
entienden como las facultades que tiene los grupos de
personas para construir sus diferencias de relaciones
individuales y colectivas, de acuerdo con sus prácticas
sociales, sus vidas en comunidad y sus necesidades.
CARACTERISTICAS
Titularidad
titulares de los derechos de tercera generación a la
colectividad y no en una persona determinada en
un ámbito singular.
interdependencia
es una relación de dependencia mutua y equitativa,
donde todos los factores involucrados se benefician,
complementan o cooperan de formas variadas con los
demás
Indivisibilidad
La indivisibilidad significa que todos los derechos
humanos están unidos por un mismo cuerpo de
principios y que todos están situados a un mismo nivel.
No hay derechos humanos más importantes que otros.