Principios Constitucionales que se
relacionan con la Función Judicial
Principio de tutela efectiva: Corresponde al derecho
de acudir a la administración de justicia y de
iniciar un proceso.
Principio de inocencia: toda persona mantendrá su estado de
inocencia hasta que se demuestre lo contrario en una sentencia
debidamente notariada
Principio In dubio pro reo: este principio propone los
más conveniente para el reo al monumento de
aplicación.
Principio de tipicidad: se establece que la prohibición
debe contar de manera previa en un cuerpo legal.
Principio del debido proceso: es el cumplimiento de
los derechos y garantizadas establecidas en la ley.
Principio de contradicción y petición: las partes
podrán contradecir los argumentos de la otra parte
Principio non bis in idem: consiste en la prohibición de
que un mismo hecho resulte sancionado más de una vez.
o Principio de publicidad: Las actuaciones y procesos judiciales
son públicos salvo las que son reservadas conforme a lo
estipulado en la ley.
Principio de Proporcionalidad: esponde a la idea de evitar una
utilización desmedida de las sanciones que conllevan una
privación o una restricción de la libertad,
Principio de Defensa: es el derecho fundamental de una persona,
física o jurídica a defenderse ante un tribunal de justicia con
garantías de igualdad e independencia.