Requisitos que se necesitan para el ejercicio de la acción penal

Description

Requisitos que se necesitan para el ejercicio de la acción penal
Estefania Ruiz Espinoza
Mind Map by Estefania Ruiz Espinoza, updated more than 1 year ago
Estefania Ruiz Espinoza
Created by Estefania Ruiz Espinoza almost 4 years ago
53
0

Resource summary

Requisitos que se necesitan para el ejercicio de la acción penal
  1. ARTICULO 17 CONSTITUACIONAL
    1. Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. Su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas judiciales.
      1. Siempre que no se afecte la igualdad entre las partes, el debido proceso u otros derechos en los juicios o procedimientos seguidos en forma de juicio, las autoridades deberán privilegiar la solución del conflicto sobre los formalismos procedimentales.
      2. ARTICULO 18 CONSTITUCIONAL
        1. Sólo por delito que merezca pena privativa de libertad habrá lugar a prisión preventiva. El sitio de ésta será distinto del que se destinare para la extinción de las penas y estarán completamente separados.
          1. La Federación y las entidades federativas podrán celebrar convenios para que los sentenciados por delitos del ámbito de su competencia extingan las penas en establecimientos penitenciarios dependientes de una jurisdicción diversa.
          2. ARTICULO 19 CONSTITUCIONAL
            1. Ninguna detención ante autoridad judicial podrá exceder del plazo de setenta y dos horas, a partir de que el indiciado sea puesto a su disposición, sin que se justifique con un auto de vinculación a proceso en el que se expresará: el delito que se impute al acusado; el lugar, tiempo y circunstancias de ejecución, así como los datos que establezcan que se ha cometido un hecho que la ley señale como delito y que exista la probabilidad de que el indiciado lo cometió o participó en su comisión.
            2. ARTICULO 20 CONSTITUCIONAL
              1. El proceso penal será acusatorio y oral. Se regirá por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación. A. De los principios generales B. De los derechos de toda persona imputada Y C. De los derechos de la víctima o del ofendido
              2. ARTICULO 21 CONSTITUCIONAL
                1. El ejercicio de la acción penal ante los tribunales corresponde al Ministerio Público. La ley determinará los casos en que los particulares podrán ejercer la acción penal ante la autoridad judicial.
                2. ARTICULO 127 C.N.P.P.
                  1. Cuando se presentare al funcionario o agente que hubiere iniciado una averiguación, un funcionario del Ministerio Público, éste podrá continuar por sí mismo la averiguación, en cuyo caso el primero cerrará el acta en el estado en que se encuentre, y la entregará a dicho funcionario, así como los detenidos y los objetos que se hayan recogido, comunicándole todos los demás datos de que tenga noticia; pero si el Ministerio Público, lo estima conveniente para el éxito de la averiguación, podrá encomendar a quien la haya iniciado, que la continúe bajo su dirección, debiendo el funcionario o agente comisionado acatar sus instrucciones y hacer constar esa intervención en el acta.
                  2. ARTICULO 131 C.N.P.P.
                    1. Si de las diligencias practicadas no resultan elementos bastantes para hacer la consignación a los tribunales y no aparece que se puedan practicar otras, pero con posterioridad pudieran allegarse datos para proseguir la averiguación, se reservará el expediente hasta que aparezcan esos datos, y entretanto se ordenará a la policía que haga investigaciones tendientes a lograr el esclarecimiento de los hechos.
                    2. ARTICULO 421 C.N.P.P.
                      1. El Ministerio Público podrá ejercer la acción penal en contra de las personas jurídicas con excepción de las instituciones estatales, independientemente de la acción penal que pudiera ejercer contra las personas físicas involucradas en el delito cometido. No se extinguirá la responsabilidad penal de las personas jurídicas cuando se transformen, fusionen, absorban o escindan. En estos casos, el traslado de la pena podrá graduarse atendiendo a la relación que se guarde con la persona jurídica originariamente responsable del delito.
                      Show full summary Hide full summary

                      Similar

                      Preparatorio Penal
                      yoanquiroga
                      SISTEMAS PROCESALES
                      Tirsa Canjura
                      Principios del derecho penal
                      Laura Castillo
                      Derecho Procesal Penal.
                      Nicolás Mejía Guerrero
                      Test Penal 1
                      Cristo Pérez
                      FORMAS DE INICIO DE LA INVESTIGACIÓN PENAL
                      Yasmin Cabrera
                      Derecho Penal
                      Alvaro Biensoba
                      Derecho Penal
                      Oliver McCall
                      Delitos contra el honor (Penal parte especial)
                      Ignacio Amatriain Torrens
                      Test 2 Penal 1
                      Cristo Pérez
                      TEST - TPENAL - 001 - LECr
                      JCARLOS FERNANDEZ