Es una entidad pública de Derecho Público con
personalidad jurídica propia.
Funciónes
Realizar, con plena autonomía funcional, la supervisión de las entidades de
intermediación financiera, con el objeto de verificar el cumplimiento por parte de
dichas entidades de lo dispuesto en esta Ley, Reglamentos, Instructivos y Circulares;
Requerir la constitucion de previsiones para cubrir riesgos
Exigir la regulacion de las disposiciones legales e imponer las correspondientes sanciones
propones a la junta monetaria las autorizaciones o revocaciones de entidades financieras, asi como los proyectos de reglamento e instructivos.
Realizar por lo menos una vez al año, en fecha que no sera revelada de antemano, una inspeccion general y detallada de todos los bancos.
informar por escrito al directorio o al oficial ejecutivo de cada banco inspeccionado.