Artículo 67. La educación es un
derecho de la persona y un servicio
público que tiene una función social;
con ella se busca el acceso al
conocimiento, a la ciencia, a la técnica,
y a los demás bienes y valores de la
cultura. La educación formará al
colombiano en el respeto a los
derechos humanos, a la paz y a la
democracia; y en la práctica del
trabajo y la recreación, para el
mejoramiento cultural, científico,
tecnológico y para la protección del
ambiente...."
Ley General de la educación
(Ley 115 de 1994)
"Acoger en si -con todos los
medios que le ofrece su
sensibilidad- toda la sustancia del
mundo que lo rodea, transformarla
con todas las fuerzas de que sea
capaz y apropiársela, estableciedo
entre su yo y la Naturaleza una
amplia interacción, lo más activa y
armoniosa que sea posible" (GS, II,
pg. 117)