1. Todos los habitantes de una ciudad tendrán el derecho a disfrutar, en condiciones de
libertad e igualdad, de los medios y oportunidades de formación, entretenimiento y
desarrollo personal que la misma ofrece. En la planificación y gobierno de la ciudad se
tomarán las medidas necesarias encaminadas a suprimir los obstáculos de cualquier
tipo, incluidas las barreras físicas, que impidan el ejercicio del derecho a la igualdad.
2. La ciudad promoverá la educación en la diversidad, una educación que
combata cualquier forma de discriminación. Favorecerá la libertad de
expresión, la diversidad cultural y el diálogo en condiciones de igualdad.
6. Las personas responsables de la política municipal de una ciudad
deberán tener información precisa sobre la situación y necesidades
de sus habitantes. Asimismo, el municipio en el proceso de toma de
decisiones en cualquiera de los ámbitos de su responsabilidad,
tendrá en cuenta el impacto educativo y formativo de las mismas.
3. Fomento del diálogo entre generaciones, como busqueda de proyectos
comunes y compartidos entre grupos de personas de edades distintas,
aprovechando las respectivas capacidades y valores propios de dichos grupos.
4. Las políticas municipales de carácter educativose entenderán
siempre referidas a un contexto más amplio inspirado en los
principios de la justicia social, el civismo democrático, la calidad
de vida y la promoción de sus habitantes.
5. Las municipalidades deberán plantear una política educativa
amplia, de carácter transversal e innovador, incluyendo en ella todas
las modalidades de educación formal, no formal e informal y las
diversas manifestaciones culturales, fuentes de información y vías de
descubrimiento de la realidad que se produzcan en la ciudad.
El compromiso de la ciudad
7. La ciudad ha de saber encontrar, preservar y presentar su
propia y compleja identidad. Promoverá el conocimiento,
aprendizaje y uso de las lenguas presentes en la ciudad como
elemento integrador y factor de cohesión entre las personas.
8. La planificación urbana deberá tener en cuenta el gran
impacto del entorno urbano en el desarrollo de todos los
individuos, en la integración de sus aspiraciones
personales y sociales y deberá actuar contra la segregación
de generaciones y de personas de diferentes culturas.
9. La ciudad educadora fomentará la participación ciudadana
desde una perspectiva crítica y corresponsable.
10. El gobierno municipal deberá dotar a la ciudad
de los espacios, equipamientos y servicios públicos
adecuados al desarrollo personal, social, moral y
cultural de todos sus habitantes.
11. La ciudad deberá garantizar la calidad de vida
de todos sus habitantes.
12. El proyecto educativo será objeto de
reflexión y participación, con los
instrumentos necesarios que ayuden a las
personas a crecer personal y colectivamente.
Al servicio integral de las personas
13. La municipalidad evaluará el impacto de aquellas
propuestas culturales, informativas o de otro tipo y de
las realidades que niños y jóvenes reciben sin mediación
alguna. Proporcionará ámbitos de formación y debate,
incluyendo el intercambio entre ciudades, con el fin de
que todos sus habitantes puedan asumir plenamente las
novedades que éstas generan.
14. La ciudad procurará que las familias
reciban la formación que les permita ayudar a
sus hijos a crecer y a aprehender la ciudad,
dentro del espíritu de respeto mutuo.
15. La ciudad deberá ofrecer a sus habitantes la
perspectiva de ocupar un puesto en la sociedad; les
facilitará el asesoramiento necesario para su
orientación personal y vocacional y posibilitará su
participación en actividades sociales.
16. Dedicarán esfuerzos a fomentar la cohesión social
entre los barrios y sus habitantes de toda condición.
17. Las intervenciones encaminadas a resolver las desigualdades
pueden adquirir formas múltiples, pero deberán partir de una
visión global de la persona, configurada por los intereses de cada
una de ellas y por el conjunto de derechos que atañen a todos.
18. La ciudad deberá estimular la vida asociativa como forma de participación
y corresponsabilidad cívica para el desarrollo moral, social y cultural de las
personas. A su vez, contribuirá en la formación para la participación en los
procesos de toma de decisiones, de planificación y de gestión.
19. El municipio deberá garantizar información suficiente y
comprensible e incentivar a sus habitantes a informarse.
Establecerá programas formativos en tecnologías de la información
y las comunicaciones para todas las edades y grupos sociales con
la finalidad de combatir nuevas formas de exclusión.
20. La ciudad educadora deberá ofrecer
a todos sus habitantes, formación en
valores y prácticas de ciudadanía
democrática: el respeto, la tolerancia, la
participación, la responsabilidad y el
interés por lo público, por sus
programas, sus bienes y sus servicios.