REQUISITOS LEGALES Y TECNICOS RELACIONADOS
CON LAS INSPECIÓN Y CONTROL DE RIESGO
Que se inspecciona
Elementos para el trabajo, Superficies para
caminar, Fuentes de energía, Equipos de
protección personal, Herramientas
portátiles, Máquinas y equipo
Inspección
Examen de un producto, actividad,
servicio, o instalación o su diseño y
determinación de su conformidad
con requisitos específicos o, sobre
la base del juicio profesional, con
requisitos generales. (ISO/IEC
17020-2012 Requisitos para el
funcionamiento de diferentes
tipos de organismos que realizan
inspección) (ICONTEC, 2012)
Quien se encarga de las inspecciones de
seguridad, son llevadas a cabo por el
inspector de seguridad y salud que tiene
como función principal velar por el
cumplimiento de las normas de seguridad
y salud en la organización.
Marco Técnico
El Instituto Colombiano de Normas Técnicas
ICONTEC, por medio del comité Técnico ha
establecido la guía para la implementación de
las inspecciones planeadas, análisis de tareas
y diagnóstico de condiciones de trabajo a
través de:
Norma Técnica
Colombiana, NTC
4114 DE 16 abril de
1997.
La presente norma establece los
pasos por seguir y los requisitos
de un programa de inspecciones
de áreas, equipos e instalaciones.
La metodología presentada es
aplicable a todo tipo de empresa,
siempre y cuando se tenga en
cuenta para su implementación la
actividad económica
correspondiente.
Guía Técnica
Colombiana, GTC
45 de 2012
la GTC 45 es una guía y no una norma de
obligatorio cumplimiento, es por ello que las
organizaciones podrán ajustar los
lineamientos a sus necesidades tomando en
cuenta su naturaleza, el alcance de sus
actividades y los recursos establecidos.
Norma Técnica Colombiana, NTC
4116 DE 16 abril de 1997.
El análisis de tareas basada con la norma NTC 4116
de 1997 de acuerdo a la metodología aplicada de
evaluación de tareas permite identificar toda
actividad que realiza un trabajador implicando ya
sea mayor o menor grado de riesgos que se
presente y lleve como consecuencia una
enfermedad profesional.
Marco Legal
La legislación colombiana que reglamenta este
tipo de inspecciones es:
Decreto 1072 de 2015
Ministerio de Trabajo :
Artículo 2.2.4.6.12 2.2.4.6.31
Decreto 1072 de 2015 Ministerio de
Trabajo : Artículo 2.2.4.6.12
Documentación. El empleador debe
mantener disponibles y debidamente
actualizados entre otros, los siguientes
documentos en relación con el Sistema de
Gestión de la Seguridad y Salud en el
Trabajo SG-SST
1. La política y los objetivos de la empresa en materia de seguridad y salud en el trabajo SST, firmados
por el empleador; 2. Las responsabilidades asignadas para la implementación y mejora continua del
Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo SG-SST; 3. La identificación anual de peligros
y evaluación y valoración de los riesgos; 4. El informe de las condiciones de salud, junto con el perfil
sociodemográfico de la población trabajadora y según los lineamientos de los programas de vigilancia
epidemiológica en concordancia con los riesgos existentes en la organización; 5. El plan de trabajo
anual en seguridad y salud en el trabajo - SST de la empresa, firmado por el empleador y el
responsable del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST; 6. El programa de
capacitación anual en seguridad y salud en el trabajo - SST, así como de su cumplimiento incluyendo
los soportes de inducción, reinducción y capacitaciones de los trabajadores dependientes.
Decreto 1072 de 2015 Ministerio de
Trabajo : 2.2.4.6.31
Revisión por la alta dirección. La alta dirección,
independiente del tamaño de la empresa, debe
adelantar una revisión del Sistema de Gestión de
la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), la cual
debe realizarse por lo menos una (1) vez al año, de
conformidad con las modificaciones en los
procesos, resultados de las auditorías y demás
informes que permitan recopilar información
sobre su funcionamiento. Dicha revisión debe
determinar en qué medida se cumple con la
política y los objetivos de seguridad y salud en el
trabajo y se controlan los riesgos. La revisión no
debe hacerse únicamente de manera reactiva
sobre los resultados (estadísticas sobre accidentes
y enfermedades, entre otros), sino de manera
proactiva y evaluar la estructura y el proceso de la
gestión en seguridad y salud en el trabajo
Resolución 2013 de 1986
Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social: Artículo 11
Son funciones del Comité de Medicina, Higiene y
Seguridad Industrial, además de las señaladas por el
Artículo 26 del Decreto 614 de 1984, las siguientes:
a).- Proponer a la administración de la empresa o
establecimiento de trabajo la adopción de medidas y el
desarrollo de actividades que procuren y mantengan la salud
en los lugares y ambientes de trabajo. b).- Proponer y
participar en actividades de capacitación en salud ocupacional
dirigidas a trabajadores, supervisores y directivos de la
empresa o establecimiento de trabajo. c).- Colaborar con los
funcionarios de entidades gubernamentales de salud
ocupacional en las actividades que éstos adelanten en la
empresa y recibir por derecho propio los informes
correspondientes. d).- Vigilar el desarrollo de las actividades
que en materia de medicina, higiene y seguridad industrial
debe realizar la empresa de cuerdo con el Reglamento de
Higiene y Seguridad Industrial y las normas vigentes, promover
su divulgación y observancia. e).- Colaborar en el análisis de las
causas de los accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales y proponer al empleador las medidas correctivas
a que haya lug
Decreto 614 de 14 de Marzo de 1984
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social:
Artículo 26
Responsabilidades de los comités de
medicina, higiene y seguridad industrial
de empresas. Los comités de medicina,
higiene y seguridad industrial, tendrán
las siguientes responsabilidades:
a) Participar de las actividades de promoción, divulgación e
información, sobre medicina, higiene y seguridad industrial
entre patronos y trabajadores, para obtener su participación
activa en el desarrollo de los programas y actividades de
Salud Ocupacional de la empresa; b) Actuar como
instrumento de vigilancia para el cumplimiento de los
programas de Salud Ocupacional en los lugares de trabajo de
la empresa e informar sobre el estado de ejecución de los
mismos a las autoridades de Salud Ocupacional cuando haya
deficiencias en su desarrollo; c) Recibir copias, por derecho
propio, de las conclusiones sobre inspecciones e
investigaciones que realicen las autoridades de Salud
Ocupacional en los sitios de trabajo.
Decreto 1295 de Junio 24 de 1994 Ministerio
Trabajo y Seguridad Social: Artículo 21
capítulo III
El decreto trata acerca de la afiliación, de la
clasificación de los riesgos, de las prestaciones
asistenciales, de los riesgos profesionales y las
cotizaciones, de las prestaciones por incapacidad, de
la administración del sistema, etc.
Inspecciones de seguridad
Reconocimiento sistemático y permanente que se realiza a
través de un área de la empresa, sus equipos o actividades,
con un enfoque amplio, con el objeto de detectar, analizar y
controlar los riesgos, que pueden afectar el funcionamiento
de las actividades, comprometiendo los resultados. (ILO, 2017)
Inspección Planeada
para Peligro Mecánico Proceso
sistemático, planificado y
detallado, orientado a verificar el
estado de funcionamiento,
mantenimiento y de seguridad de
los equipos, máquinas y
herramientas, de acuerdo con
manuales de funcionamiento y
protocolos de operación.
Recorrido sistemático por un área, esto es con
una periodicidad, instrumentos y responsables
determinados previamente a su realización,
durante el cual se pretende identificar
condiciones subestándares de seguridad.
Inspecciones Generales
Son aquellas que se dirigen
al reconocimiento de las
posibles fallas o factores de
riesgo presentes en las
instalaciones en general
Inspección Preoperacional
de Elementos Reconocimiento de un elemento para
el servicio, realizado de forma obligatoria al iniciar la
jornada de trabajo o el uso del elemento, para
determinar las condiciones subestándares. Para el
caso de vehículos o armamento, la inspección
preoperacional debe realizarse y registrarse, de
acuerdo con lo indicado en el Manual Logístico
Inspecciones a
partes críticas
Los elementos o partes críticas se pueden
definir como: Componentes de
maquinarias, equipos, materiales,
estructuras o áreas que ofrecen mayores
probabilidades de ocasionar un problema o
pérdida de magnitud cuando se gastan, se
dañan, se abusa de ellos, se maltratan o se
utilizan en forma inadecuada.
ventajas
Tener una buena identificación de los requisitos
legales es imprescindible y generará a la empresa
numerosos beneficios evitando sanciones,
anticipándose a nuevos requerimientos legislativos,
mejorando la imagen pública, el reconocimiento
social y la competencia en el mercado.