CÓDIGO ORGÁNICO DE PLANIFICACIÓN Y FINANZAS PÚBLICAS
TITULO PRELIMINAR DE LAS DISPOSICIONES COMUNES A LA PLANIFICACION Y LAS FINANZAS
PUBLICAS
Las disposiciones del presente código regulan el ejercicio de las competencias de planificación y el ejercicio de
la política pública en todos los niveles de gobierno, el Plan Nacional de Desarrollo, los planes de desarrollo y de
ordenamiento territorial de los Gobiernos Autónomos Descentralizados, la programación presupuestaria
cuatrianual del Sector Público, el Presupuesto General del Estado, los demás presupuestos de las entidades
públicas; y, todos los recursos públicos y demás instrumentos aplicables a la Planificación y las Finanzas
Públicas.
CAPITULO PRIMERO DE LA
PLANIFICACION DEL DESARROLLO
- Planificación del desarrollo.- La planificación del desarrollo se orienta hacia el cumplimiento de
los derechos constitucionales, el régimen de desarrollo y el régimen del buen vivir, y garantiza el
ordenamiento territorial. El ejercicio de las potestades públicas debe enmarcarse en la
planificación del desarrollo que incorporará los enfoques de equidad, plurinacionalidad e
interculturalidad
CAPITULO SEGUNDO DE LA POLITICA PUBLICA
De las políticas públicas.- La definición de la política pública nacional le corresponde a la función
ejecutiva, dentro del ámbito de sus competencias. Los ministerios, secretarías y consejos sectoriales de
política, formularán y ejecutarán políticas y planes sectoriales con enfoque territorial, sujetos
estrictamente a los objetivos y metas del Plan Nacional de Desarrollo.
DEL SISTEMA NACIONAL DESCENTRALIZADO DE PLANIFICACION PARTICIPATIVA
CAPITULO PRIMERO DE LAS
GENERALIDADES
Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa.- Constituye el conjunto de
procesos, entidades e instrumentos que permiten la interacción de los diferentes actores, sociales e
institucionales, para organizar y coordinar la planificación del desarrollo en todos los niveles de
gobierno.
CAPITULO SEGUNDO DE LAS
ENTIDADES DEL SISTEMA
Entidades del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa.- El gobierno central y
los gobiernos autónomos descentralizados conforman el Sistema Nacional Descentralizado de
Planificación Participativa.
SECCION PRIMERA DEL CONSEJO NACIONAL DE PLANIFICACION
Consejo Nacional de Planificación.- Es el organismo superior del Sistema Nacional Descentralizado
de Planificación Participativa, y tendrá personería jurídica de derecho público.
SECCION SEGUNDA DE LA COORDINACION DEL SISTEMA NACIONAL DESCENTRALIZADO DE
PLANIFICACION PARTICIPATIVA
La Secretaría Técnica del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa será
ejercida por la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo.
SECCION TERCERA DE LOS CONSEJOS DE PLANIFICACION DE LOS GOBIERNOS AUTONOMOS
DESCENTRALIZADOS
SECCION PRIMERA DEL CONSEJO NACIONAL DE
PLANIFICACION
Su naturaleza y conformación responderá a los principios constitucionales de equidad,
plurinacionalidad, interculturalidad y garantía de derechos, en el marco de las disposiciones del
régimen del buen vivir y del régimen de desarrollo.
SECCION SEGUNDA DE LA COORDINACION DEL SISTEMA NACIONAL DESCENTRALIZADO DE
PLANIFICACION PARTICIPATIVA
Preparar una propuesta de lineamientos y políticas que orienten el Sistema Nacional Descentralizado de
Planificación Participativa para conocimiento y aprobación del Consejo Nacional de Planificación;
SECCION TERCERA DE LOS CONSEJOS DE PLANIFICACION DE LOS GOBIERNOS AUTONOMOS
DESCENTRALIZADOS
1. La máxima autoridad del ejecutivo local, quien convocará al Consejo, lo presidirá y tendrá voto
dirimente; 2. Un representante del legislativo local
TITULO II DEL SISTEMA NACIONAL DESCENTRALIZADO DE
PLANIFICACION PARTICIPATIVA
CAPITULO PRIMERO DE
LAS GENERALIDADES
CAPITULO SEGUNDO DE LAS
ENTIDADES DEL SISTEMA
1. El Consejo Nacional de Planificación; 2. La Secretaría Técnica del Sistema; 3. Los Consejos de
Planificación de los Gobiernos Autónomos Descentralizados; 4. Los Consejos Sectoriales de Política
Pública de la Función Ejecutiva; 5. Los Consejos Nacionales de Igualdad
CAPITULO TERCERO DE LOS
INSTRUMENTOS DEL SISTEMA
SECCION PRIMERA DE LA INFORMACION PARA LA
PLANIFICACION
SECCION SEGUNDA DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO Y LOS LINEAMIENTOS Y POLITICAS DEL
SISTEMA
SECCION CUARTA DE LOS INSTRUMENTOS COMPLEMENTARIOS
DEL SISTEMA
SECCION TERCERA DE LOS PLANES DE DESARROLLO Y DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LOS
GOBIERNOS AUTONOMOS DESCENTRALIZADOS
Constituye el conjunto de procesos, entidades e instrumentos que permiten la interacción de los
diferentes actores, sociales e institucionales, para organizar y coordinar la planificación del
desarrollo en todos los niveles de gobierno.
SECCION PRIMERA DEL CONSEJO NACIONAL DE
PLANIFICACION
SECCION SEGUNDA DE LA COORDINACION DEL SISTEMA NACIONAL DESCENTRALIZADO DE
PLANIFICACION PARTICIPATIVA
SECCION TERCERA DE LOS CONSEJOS DE PLANIFICACION DE LOS GOBIERNOS AUTONOMOS
DESCENTRALIZADOS