Eduardo García Enterría dice:´es la
declaración de voluntad, de juicio, de
conocimiento o de deseo realizada por
la administración en ejercicio de una
potestad administrativa distinta de la
potestad reglamentaria´
Libardo Rodriguez(2005) dice: es una
manifestacion de voluntad de la
administración tendente a modificar el
ordenamiento jurídico, es decir, a producir
efectos jurídicos
COMPONENTES
Motivación
Contenido del acto
Autoridad
Fin
Forma
NO ES ACTO ADMINISTRATIVO
Hecho administrativo
Operación administrativa
Omisión administrativa
Vía de hecho
CLASES
SEGUN LOS SUJETOS AFECTAODS
GENERALES
En el momento en que la administración
dirige y manifiesta su voluntad crea
extingue o modifica situaciones jurídicas
de una colectividad
Va dirigido a un
numero plural de
personas (dos o más)
Notificación a través de
medios masivos de
comunicación
No se pueden interponer recursos
en contra de los mismos
Podrán ser revocados sin necesidad de
que medie autorización por parte de
los afectados
Ejemplo: las ordenanzas expedidas
por las asambleas departamentales.
Ejemplo:Decretar ley seca en
un municipio. esta medida
obliga a todos
PARTICULARES
Actos que modifican y regulan
situaciones específicas
Va dirigido a un individuo en particular o de un
grupo de personas claramente identificado
Se notifican generalmente
de forma personal
Contra los mismos
proceden los recursos de
ley
Frente a la posibilidad de revocatoria directa
del acto que tiene la administración, ésta
tendrá que efectuarse con autorización
expresa del particular.