RESEÑA HISTORICA:Los derechos humanos de las mujeres nacen de la Revolución Francesa en 1789, su organización
social y política fue capaz de desarrollar un sentido político cuyo fundamento eran la libertad, la
igualdad, la fraternidad y la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, estos derechos
quedan excluidos en el momento que la revuelta social debatiendo la construcción del sustento ético
- político del nuevo Estado marcando distancias en el mundo público teniendo autoridad indiscutible
sobre cuerpos y vidas de toda mujer sobre quienes ejercían poder y tutoría a lo largo de toda su
existencia.
Las mujeres hicieron la revolución como Olimpia de Gouges, (1748 – 1793) francesa quien postula lo
siguiente: “…la mujer nace libre y tiene los mismos derechos que el hombre...” gracias a ello
constituyeron las primeras organizaciones políticas en femenino
PROCESO LARGO Y EN CONSTRUCCIÓN: En el siglo XX, tras 202 años de historia, se establece la
condición jurídica de la mujer como sujeto pleno de derechos. Ratificándose se hizo en la
Conferencia Mundial de Derechos Humanos (Viena, 1993).que se constituyó para fortalecer el
desarrollo del derecho de los derechos humanos de las mujeres.
INSTRUMENTOS INTERNACIONALES QUE GARANTIZAN LOS DERECHOS DE LA MUJER . Convención
para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer – CEDAW Instrumento legal
internacional de Derechos Humanos incorpora a las mujeres a la sociedad con los mismos derechos y
obligaciones. Fue firmada el 17 de julio de 1980 y ratificada por el Ecuador el 27 de noviembre de
1981.
Principio de igualdad sustantiva. Provee normas dirigidas a terminar
con la oposición y desventajas desproporcionadas para las mujeres
respecto a los hombres.
Acceso a la igualdad de oportunidades.
La igualdad de resultados
Derechos de Participación
El principio de no discriminación por razones de género. Discriminar es el acto de seleccionar
excluyendo Discriminación contra la mujer se entenderá toda distinción, exclusión, o
restricción basada en el sexo ejemplos: TODA DISTINCIÓN TODA, EXCLUSIÓN TODA
RESTRICCIÓN
El principio de obligación del estado (debida diligencia). Tomar medidas efectivas para impedir
abusos investigarlos cuando se producen, pro cesar a los presuntos responsables y llevarlos ante la
justicia por medio de un procedimiento justo
Convención Interamericana Para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer
Elaborado en la ciudad Belem do Pará, Brasil, el 9 de junio de 1994, firmado y ratificado por el
Ecuador el 12 de junio de 1995primer instrumento internacional que amplía la responsabilidad
estatal a ACTOS QUE COMETEN PERSONAS PRIVADAS
Violencia la define como “la coerción ejercida sobre una persona para obligarla a ejecutar un acto
que no quería realizar”. Esta puede ser física y moral (psicológica y/o sexual).
SUSTENTO JURÍDICO EN LA PRÁCTICA POLICIAL. Ley Contra la Violencia a la Mujer y la Familia “ESTA
LEY NO RECONOCE FUERO en caso de violencia física, psicológica y sexual…” siendo flagrante el
agente de policía NO REQUERIRÁ DE ORDEN ALGUNA PARA INGRESAR AL INMUEBLE EN AUXILIO DE
LA VÍCTIMA, y no hay facultad de realizar ningún tipo de conciliación (ni negociación ni mediación)
Autoridades competentes Dependerá del tipo de infracción Penal (delito o contravención) de acuerdo
a la jurisdicción territorial. Estos son: Los jueces de familia, comisarios de la mujer y la familia o
reemplazo los intendentes, los comisarios nacionales o los tenientes políticos.
Quiénes deben denunciar Nuestra obligación es denunciar todo hecho que conlleve este tipo de
infracción
TRABAJO SEXUAL. Uso del cuerpo para actividades sexuales a cambio de remuneración o de
cualquier otra retribución Las mujeres embarazadas merecen un trato especial… por qué? Derecho
de la protección prenatal. las mujeres embarazadas son sujeto de derechos al igual que todos los
demás y más aún por el hecho de su embarazo, 1así lo garantiza el Art. 43 y 45 de la Constitución