Enfocado a la formación de
practicantes. La
remuneración es llamada
auxilio de sostenimiento.
Es un acuerdo entre ambas
partes.
Temporal
Tiene una duración
inferior a 1 mes. No tiene
que ver con las labores
propias del contratante.
Puede ser verbal o
escrito.
Prestación de servicios
Se da entre una empresa y
una persona natural o jurídica.
No tienen ninguna relación
laboral ni tienen la obligación
de pagar prestaciones
sociales.
Obra o labor
Se da por una labor
específica y se termina en
el momento que la obra
llega a su fin.
Término indefinido
No tiene una fecha de
terminación. Se puede
realizar de forma escrita o
verbal. El empleador se
compromete a pagar
prestaciones sociales
Término fijo
Tiene límite temporal.
Tiene dos modalidades.
- Igual o superior a 1
año - Igual o inferior a 1
año
Por
Contrato llave en mano
Se da cuando se contrata a alguien para la
construcción o realización de un proyecto por el
cual recibirá algo a cambio
Contrato de Obra
El trabajador esta obligado a realizar una tarea o
actividad en un tiempo determinado, es decir,
hasta que esta termine.
Contrato de Presupuesto
Se le paga mensualmente al contratista por
las obras ejecutadas
Contrato de Administración
Se basa en la fijación de unos precios de mano
de obra y materiales por parte del constructor y
luego se acuerda un precio para pagarle al
contratista por los trabajos realizados
De
Asociación
Sociedades de Hecho
- No necesitan escritura pública
- No es una persona jurídica
- Todos los socios tienen
obligaciones
Sociedades
Colectivas
- Es personalista
- Todos los socios
responden por las
operaciones
sociales que se
realicen
Economía Mixta
- Se constituyen con aporte estatal y capital privado
- Están sujetas a las reglas de derecho privado -
Puede constituirse bajo cualquier tipo de sociedad -
Requiere de una ley creadora y de un contrato de
sociedad
Sucursal Sociedad
Extranjera
- Constituidas conforme a la ley de
otro país - Domicilio en el extranjero
- Debe tener una sucursal nacional
con todos los requisitos que este
tiene - Ajustarse a las leyes
colombianas
Empresas Asociativas de
Trabajo
- Organizaciones económicas productivas -
Aportan capacidad laboral, tecnología o
destreza - Al tener una relación
meramente comercial se rigen por las
normas del derecho comercial - Debe tener
como mínimo 3 fundadores y máximo 10
asociados
Empresas
Unipersonales
- Una persona natural o jurídica podrá ejercer
actividades de carácter mercantil - No requiere
escritura pública
Sociedad Anónima
- Los accionistas son responsables hasta el monto de sus
aportes respectivos - Debe tener como mínimo 5 accionistas
para constituirse y funcionar - Los administradores son
responsables por las operaciones que se celebren
Sociedad Acción Simplificada
- Es una sociedad de capitales - Se constituye
mediante un contrato unilateral - Las acciones que
se emitan no pueden cotizarse en bolsa - La
persona jurídica debe ser diferente a sus
accionistas
Sociedad Responsabilidad
Limitada
- Los socios responden hasta el monte de sus
aportes - Debe tener como máximo 25 socios
- Las responsabilidades se estipulan por
estatutos
Sociedades en
Comandita
- Se forma entre uno o más socios que se
comprometen por su responsabilidad
solidaria e ilimitada por operaciones
sociales - Hay socios gestores y
comanditarios