Sala de Casación Penal del
Tribunal Supremo de Justicia
con Ponencia del Magistrado
Rafael Pérez Perdomo, en
Sentencia N° A-008 del 12 de
marzo de 2002:
sólo procede contra las sentencias
definitiva última instancia y contra las
interlocutorias con fuerza de definitivas
dictadas en última instancia y que
hagan imposible la continuación del
juicio; y únicamente contra las
decisiones que determina la ley
Sentencia N° 0598 de fecha 11 de
julio de 2001, con Ponencia de la
Magistrada Blanca Rosa Mármol de
León, de la cual nos permitimos
transcribir los siguientes párrafos
En base al nuevo criterio de esta
Sala, la casación múltiple será
procedente en aquellos casos en
donde se ordene la celebración
de un nuevo juicio oral
Sentencia N° 103 de fecha
14-3-2002. Magistrado
Ponente: Alejandro Ángulo
Fontiveros
esta sentencia no es recurrible
en casación porque la pena
establecida para el delito por
el que el ciudadano formuló
querella (DIFAMACIÓN) no
excede en su límite máximo de
cuatro años
Sentencia N° 178 de fecha
09-4-2002. Magistrada Ponente:
Blanca Rosa Mármol de León
No tiene carácter de
definitiva, no pone fin al
proceso ni hace imposible
su continuación, y por
ende, no está sujeta a la
censura de casación.
Sentencia N° 1069 de la
Sala Constitucional del
Tribunal Supremo de
Justicia, de fecha 2 de
junio de 2005
La naturaleza de las decisiones recurribles en
casación, las cuales versan sobre las sentencias de
las Cortes de Apelaciones en lo Penal que resuelvan
la apelación siempre que no ordene la realización
de un nuevo juicio oral y público, o en contra de
aquellas decisiones de las Cortes de Apelaciones
que confirmen o declaren la terminación del
proceso o hagan imposible su continuación
La casación prevista en el Código Orgánico Procesal
Penal, es un medio de impugnación idóneo por el cual
la parte puede solicitar la revisión de los errores
jurídicos atribuidos a la sentencia definitiva que la
perjudica, reclamando la correcta aplicación de la ley
sustantiva o la anulación de la sentencia y una nueva
decisión, con o sin reenvío a nuevo juicio
Contenido de la Sentencia Art. 467 del COPP
Tribunal Supremo de Justicia dictará una
decisión propia sobre el caso
Anulará la sentencia impugnada y
ordenará la celebración del juicio oral ante
un nuevo tribunal, o repondrá el proceso
al estado en que se incurrió en el vicio de
procedimiento que dio lugar al recurso
Si se trata de un error en la
especie o cantidad de la pena,
el Tribunal Supremo de Justicia
hará las rectificaciones que
proceda
Si la decisión declara sin lugar el
recurso, el Tribunal Supremo de
Justicia devolverá las actuaciones a
la Corte de Apelaciones de origen
El tribunal ad quem
debe resolver de
fondo cuando no sea
necesaria la
reposición ni un
nuevo juicio
Las sentencias que resuelvan recursos de
casación de sentencias deberían contener
1º El lugar y fecha en que la sentencia se dicta; los nombres de
los jueces magistrados; el tribunal de donde procede el recurso;
la naturaleza del juicio o causa en que se haya interpuesto; los
nombres de los que en el mismo fuesen partes; el delito por el
que se procede y cualesquiera otras circunstancias generales
que se consideren necesarias para d terminar el objeto del
recurso
2° El nombre del ponente;
3° En párrafos separados
Los fundamentos de la sentencia
recurrida; el contenido de la parte
dispositiva de la resolución
recurrida; Relacionan sucintamente
los motivos de casación alegados
por las partes
4° Los fundamentos de hecho y de
derecho de la resolución que se dicta con
los razonamientos que según la Sala de
Casación Penal los hace aplicables
Efectos de la Declaratoria con lugar
del Recurso de Casación
la sentencia de la última instancia de un juicio en que fuere
admisible y se anunciare y formalizare recurso de Casación,
corresponderá decretar la reposición de la causa al estado de
dictar nueva sentencia
Los errores in procedendo motivo del
recurso de casación por defecto de
forma, se cometen bien en el estado
de sentencia o bien durante el curso
del proceso
La declaratoria con lugar
del Recurso de Casación
por defecto de fondo, es
anular el fallo o la
sentencia recurrida
Declaratoria Con Lugar Del
Recurso De Fondo
Se pronuncia sobre ellas afirmativa o
negativamente mediante análisis razonado y
estableciendo además cuáles son las normas
jurídicas aplicables para resolverla controversia
Doble Conformidad
Si la Sala, ordena la apertura de un nuevo
proceso, sobre un acusado que haya sido
absuelto por la sentencia de un tribunal
de juicio, y en ese nuevo juicio realizado
en primera instancia, el acusado es
nuevamente absuelto, no podremos
intentar ningún otro recurso en contra de
la decisión
Libertad Del Acusado
El Tribunal Supremo de Justicia ordenará inmediatamente la
libertad del acusado, si está presente en la audiencia, cuando
por efecto de su decisión deba cesar la privación de libertad
Si el Recurso es declarado con lugar se identifican el error
de Actividad y el error de juicio en un mismo fin: la
anulación de la sentencia recurrida
El efecto de la declaratoria
con lugar del recurso de
fondo, no es el reenvio, sino
la nulidad del fallo recurrido
El Reenvío, o Casación con Reenvío, significa que la Corte no dicta nueva sentencia, sino que envía,
remite u ordena en la decisión sobre el recurso de casación, que vuelva a fallar el tribunal que dictó
la sentencia casada, corrigiendo el vicio por el cual se casó o anuló
El juez de instancia, al actuar como juez de
reenvío, luego de una casación por vicios de forma,
tiene plena jurisdicción para resolver las
cuestiones de hecho y de derecho, como si
sentenciara por primera vez