"Son vicios
redhibitorios los que
reúnen las calidades
siguientes" ART.
1915 C.c)
1. Haber existido al tiempo de la venta.
2. Ser tales, que por ellos la cosa vendida no sirva para su uso natural, o sólo sirva imperfectamente, de manera que sea de
presumir que conociéndolos el comprador no la hubiera comprado o la hubiera comprado a mucho menos precio.
3. No haberlos manifestado el vendedor, y ser tales que el comprador haya podido ignorarlos sin negligencia grave
de su parte, o tales que el comprador no haya podido fácilmente conocerlos en razón de su profesión u oficio.
"Los vicios redhibitorios dan derecho al comprador para
exigir o la rescisión de la venta, o la rebaja del precio, según
mejor le pareciere" (ART. 1917 C.c)
Pacifica
Posesión pacífica del
bien
Saneamiento por evicción
El partícipe que sea molestado en la posesión del objeto
que le cupo en la partición, o que haya sufrido evicción de
él, lo denunciará a los otros partícipes para que concurran
a hacer cesar la molestia, y tendrá derecho para que le
saneen la evicción. Esta acción prescribirá en cuatro años,
contados desde el día de la evicción (ART. 1402 C.c)
Evicción del bien comprado
"Hay evicción de la cosa comprada, cuando el comprador es privado del todo o parte de ella,
por sentencia judicial" (ART. 1894 C.c)
"El vendedor es obligado a sanear al comprador todas las
evicciones que tengan una causa anterior a la venta, salvo en
cuanto se haya estipulado lo contrario" (ART. 1895 C.c)
El vendedor, que es la persona física o jurídica que
transfiere la propiedad, y el comprador, que es quien la
adquiere.
Precio
Significa valor en que se estima algo, valor que se pide por una
cosa o servicio. Sus condiciones deben ser: cierto, verdadero,
en numerario y justo.
Los contratos de compraventa no se otorgan por escrito, ya que la ley no requiere tal formalidad; sin
embargo, en la práctica es habitual que el consentimiento se plasme en un documento privado que
sirva de prueba. Hay excepciones, por ejemplo para el caso de bienes inmuebles, o ciertos otros
contratos que se obligan a realizar por escrito.