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COMETARISO SOBRE CIERTOS CAPITULOS
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    Ley del Servicio Profesional Docente 
    Establece la evaluación del desempeño docente y sus programas de regularización. A través de los cambios a la Ley General de Educación, se crea el Sistema de Información y Gestión Educativa que permite a docente desarrollo y crecimiento  profesional. 
    Caption: : Los profesores se desprenden de cuanto tienen y de cuanto saben, porque su misión es esa: dar. Elena Poniatowska.

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    Título Segundo:Del Servicio Profesional Docente
    CAPÍTULO VII: DEL RECONOCIMIENTO EN EL SERVICIOCAPÍTULO VIII:DE  LA PERMANENCIA EN EL SERVICIO
    EL ÉXITO NO PROVIENE DEL RECONOCIMIENTO AJENO. ES EL RESULTADO DE LO QUE SEMBRASTE CON AMOR.  PABLO COELHO

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    CAPÍTULO VII
    En este capítulo se hace referencia inicialmente  el reconocimiento al servicio, indicando que aquellos docentes y directivos que destaquen en su desempeño tendrán derecho a diversos incentivos y reconocimientos, como programas de desarrollo profesional, incentivos temporales, únicos o permanentes, apoyo en todo momento para ellos y su comunidad escolar. También destaca que el docente puede incursionar en actividades diversas relacionadas con la comunidad escolar , con el fin de participar y desarrollarse en otros ámbitos.  Así mismo, Señala que en la educación básica, el docente tiene la posibilidad de incursionar como tutor, como asesor técnico pedagógico u otra actividad de coordinación, proyectos, etc., y que debe hacerlo siempre al inicio de ciclos escolares como una periodicidad de hasta 3 ciclos escolares.   Hace referencia a que la Autoridad educativa debe otorgar cualquier reconocimiento en función de los resultados de la evaluación y que estos reconocimientos pueden ser individuales o colectivos (en el caso de lo colectivo, se considerara el aprendizaje de los alumnos y  las condiciones sociales y económicas de la escuela)

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    CAPÍTULO VIII
    En este capítulo se señala que es la Autoridad Educativa y los Organismos descentralizados quienes se encargan del proceso de evaluación a docentes, directivos y supervisores a todo nivel y que dicha evaluación es obligatoria, tiene una periodicidad de al menos 4 años si es pertinente  y que dicha evaluación considera los perfiles, parámetros, indicadores  e instrumentos que son definidos por los organismos antes mencionados apoyándose en la ley general de educación.  ademas, destaca que los evaluadores de este proceso deben ser gente preparada, certificada y valorada por instituciones que soportan este proceso evaluativo.  También indica que cuando la evaluación resulta insuficiente, los profesores, directivos, etc. deberán participar en programas de regularización con apoyo de un tutor, para estar listos para un segundo proceso de evaluación, y de ser este también insuficiente podrá volver a ser capacitado para presentar por tercera y ultima ocasión su posibilidad de permanencia y de ser esta ocasión negativa la resolución, entonces perderá sus nombramiento y funciones y no podrá    aperar ante la autoridades educativas ni organismos descentralizados ya que ellos no son responsables del fallo, pero si son responsables de otorgar programas de regularización para que su personal no llegue a esa instancia. 

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    Título Tercero: De los Perfiles, Parametros e Indicadores
    CAPÍTULO II: DE LOS PERFILES, PARÁMETROS E INDICADORES  EN LA EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR. CAPÍTULO III:DEL PROCEDIMIENTO PARA LA DEFINICIÓN Y AUTORIZACIÓN DE LOS PERFILES, PARÁMETROS E INDICADORES. 
    Caption: : LA EVALUACIÓN ESTA EN FUNCIÓN DEL PERFIL DEL DOCENTE, ÉSTA DEBE SER ACORDE A LOS REQUERIMIENTOS Y CONSIDERAR AQUELLOS PARÁMETROS E INDICADORES QUE DETERMINAN SU VERACIDAD Y CREDIBILIDAD.

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    CAPÍTULO II
    LAS  AUTORIDADES EDUCATIVAS Y LOS ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS SOLICITAN QUE LOS SIGUIENTES ASPECTOS QUEDEN CLAROS Y ESTABLECIDOS:  Parámetros e  indicadores de ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia a partir de los perfiles. La obligatoriedad de la evaluación para quienes nos dedicamos a la educación teniendo claro etapas, aspectos y metodología del proceso de selección de los mejore aspirantes.  Que los procesos e instrumentos de evaluación sean idoneos conforme a los perfiles, parámetros e indicadores.  Que los evaluadores del proceso cuenten con el perfil, la preparación y las cualidades acordes a la tarea que realizaran.                                                   Las autoridades educativas, los organismos descentralizados y la Secretaria de  Educación deben conformar grupos de apoyo, para consulta de los evaluados, con el fin de que haya mecanismos para que las actividades se logren de manera exitosa. 

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    CAPÍTULO III
    EL INSTITUTO QUE EVALÚA A LOS DOCENTES, DIRECTIVOS Y SUPERVISORES, SOLICITA A LAS AUTORIDADES EDUCATIVAS Y  ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS: Una propuesta de parámetros e indicadores, acompañados de perfiles autorizados por estas instancias, con el fin de que sirvan de referente en la elaboración de los oficiales emitidos por el instituto.  El Instituto lleva a cabo la validación de los parámetros e indicadores y con la colaboración de las instancias antes mencionadas, se coordinan para generar certeza del proceso, lo difucionan, lo explican lo promueven y lo realizan con seriedad y confianza. 

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    Comentario Personal:
    Considero importante conocer esta información, porque me permite tener un panorama mas claro y cierto sobre lo que me solicitan hacer, pero también me dan garantías de incentivos, capacitación, apoyo y desarrollo profesional. me deja claro que no estoy sola y que me darán las herramientas si mi actuación de forma inicial resulta insuficiente. se esta generando un compromiso de todos los involucrados. 
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