Creado por J.Alejandro España Sánchez
hace más de 8 años
|
||
La Carta Internacional de Derechos Humanos es el conjunto de instrumentos sobre los derechos humanos que han sido proclamados por las Naciones Unidas:1. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante la Resolución 2200A , de 16 de diciembre de 1966, entrada en vigor el 23 de marzo de 1976. 2. El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante la Resolución 2200A, de 16 de diciembre de 1966 y entrada en vigor el 3 de enero de 1976. 3. El Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte; y el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, aprobado por la Asamblea General el 10 de diciembre de 2008 y que entró en vigor el 5 de mayo de 2013.4. La Declaración Universal de Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 217 A, de 10 de diciembre de 1948 en París.
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Bueno, pues voy a comentar la parte I del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la Carta Internacional. En este artículo se habla de una libre determinación, lo cuál significa que todo pueblo tiene derecho a elegir de que partido político quiere ser. Otro tema del que se habla en ete artículo es que todo pueblo tiene derecho a poseer sus propias riquezas y recursos naturales. Por ejemplo, un pueblo cualquiera, es un pueblo pequeño, pero tiene grandes riquezas naturales, ya que tiene una gran extensión terrenal, y por eso, la mayoría de sus habitantes viven de la agricultura, lo cual no se les pueden impedir su acción en el campo ya que subsisten gracias a él.
Parte I Artículo 1 1. Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural. 2. Para el logro de sus fines, todos los pueblos pueden disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales, sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la cooperación económica internacional basada en el principio de beneficio recíproco, así como del derecho internacional. En ningún caso podrá privarse a un pueblo de sus propios medios de subsistencia. 3. Los Estados Partes en el presente Pacto, incluso los que tienen la responsabilidad de administrar territorios no autónomos y territorios en fideicomiso, promoverán el ejercicio del derecho de libre determinación, y respetarán este derecho de conformidad con las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas.
¿Quieres crear tus propios Apuntes gratis con GoConqr? Más información.