LEY 1826 DE 2017

Descripción

ESQUEMA RESUMEN
Mauricio  Velez
Diagrama por Mauricio Velez, actualizado hace más de 1 año
Mauricio  Velez
Creado por Mauricio Velez hace alrededor de 7 años
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Resumen del Recurso

Nodos de los diagramas

  • LEY 1826 DE 2017
  • Por medio de la cual se establece el Procedimiento Penal Especial y se regula la figura del Acusador Privado
  • Permite que las victimas hagan parte de procesos relacionados con delitos menores de manera mas activa investigando y acusando a través de sus abogados o estudiantes de consultorios jurídicos
  • Su finalidad es descongestionar el sistema Judicial por medio de la disminución del número de audiencias del procedimiento penal ordinario y la implementación de la figura del acusador privado
  • Las acción penal iniciar con : Delitos querellables como
  • LESIONES PERSONALES Lesiones Incapacidad para trabajar o enfermedad Perturbación Funcional Perturbación Psíquica Pérdida anatómica o funcional de un órgano o miembro Parto o aborto preterintensional Lesiones culposas
  • DE LOS ACTOS DE DISCRIMINACIÓN   Actos de racismo o discriminación Hostigamiento Actos e discriminación u hostigamiento agravado  
  • DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO ECONÓMICA Hurto y su modalidad de calificado y agravado Estafa Abuso de confianza Corrupción privada Administración desleal Abuso de condiciones de inferioridad Utilación indebida de información privilegiada en particulares
  • DELITOS CONTRA EL DERECHO DE AUTOR Violación a los derecho morales de autor Violación de derechos patrimoniales de autor y derechos conexos Violación a los mecanismos de protección de derechos de autor Falsedad en documento privado y circunstancias de agravación
  • DELITOS CONTRA EL ORDEN ECONÓMICO SOCIAL Usurpación de derechos de propiedad industrial y de derechos de obtentores de variedades vegetales Uso ilegitimo de patentes  Violación de reserva industrial y comercial ejrercicio ilícito de actividad monopolística de arbitrio rentístico
  • INASISTENCIA ALIMENTARIA
  • DELITOS CONTENIDOS EN EL TÍTULO VII BIS DEL CPP, SOBRE PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN Y LOS DATOS, EXCEPTO LOS CASOS EN LOS QUE LA CONDUCTA RECAIGA SOBRE BIENES Y ENTIDADES DEL ESTADO
  • En cuanto al tema de AUDIENCIAS se dispone
  • Procedimiento Penal Especial Abreviado
  • Reducción de Audiencia
  • Audiencia de Juicio Oral
  • A partir del Traslado, se tendra 60 dias para la preparación de la defensa
  • ACUSADOR PRIVADO
  • Procede en los siguientes eventos
  • 1. Cuando se haya cumplido la pena según la determinación determinada
  • 2. Cuando se haya decretado la preclusión
  • 3. Cuando se haya absuelto al acusado
  • 4. Aplicacion del Principio de oportunidad
  • 5. Aplicación de las cláusulas de acuerdo aceptadas por el juez del caso
  • 6. Transcurrido 70 días desde el traslado de la acusacion no se haya iniciado audiencia concentrada
  • 7. Transcurido 30 dias desde la terminacion de la audiciencoa concentrada no se haya iniciado la audiencia de juicio oral
  • 8. Transcurrido 75 dias desde lel inicio del juicio oral no se haya corrido traslado de la sentencia
  • VIGENCIA
  • Audiencia Concentrada
  • Reducción de cinco audiencias (Imputación, Acusación, Preparatoria, Juicio oral y Lectura de Fallo) a solo dos
  • Una Concentrada
  • Un Juicio Oral
  • Comunicación de los cargos se surtirá con el traslado del escrito de acusación
  • Vencido el plazo, el juez citara a las pates e intervinientes a audiencia concentrada, dentro de los 10 dias siguientes
  • Fijara fecha y hora para realizarse dentro de los 30 dias siguientes
  • Anunciado el sentido del fallo, se contara con 10 días para proferir sentencia y correr traslado
  • Las partes tendrán 5 días para presentar los recursos que proceda contra la decisión de 1 instancia
  • La Impugnación se Presentara por escrito y tramitara por procedimiento ordinario
  • Permite a las victimas asumir la condición de investigador, cuaando asi lo solicite la fiscalia del caso
  • Se puede solicitar la conversión de Acción Publica en Acción Privada por parte del querrellante legitimo o las victimas segun sea el caso
  • Solo podrá ejercer con representación de un abogado o estudiante de Consultorio Jurídico acreditado
  • El termino de las medidas de aseguramiento privativa de la libertad no podrá exceder de 180 días
  • Causales de Libertad
  • Entrara a regir el a los 6 mese con posterioridad de fecha de promulgación    (12 de Enero de 2017)
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