ESQUEMAS DE AMPARO, RECURSOS DE AMPLIACIÓN, ACLARACIÓN Y OCURSO

Descripción

4 ESQUEMAS
ciria osorio
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ciria osorio
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Resumen del Recurso

Nodos de los diagramas

  • AMPARO Artículo 8 Ley de Amparo Exhibición Personal y de Constitucionalidad Artículo .. Constitución Política de la República de Guatemala
  • PROCEDENCIA DEL AMPARO Artículo 10 Decreto 1-86 La Asamblea Nacional Constituyente
  • PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD CONCLUSIÓN DE RECURSOS ORDINARIOS ARTICULO 19  Decreto 1-86 La Asamblea Nacional Constituyente
  • INTERPOSICIÓN
  • PLAZO PARA LA PETICIÓN DE AMPARO Artículo 20 Decreto 1-86 Primer párrafo La Asamblea Nacional Constituyente  
  • 30 DÍAS Siguientes a la última notificación al afectado o conocido por éste el hecho que, a su juicio, le perjudica.
  • DURANTE EL PROCESO ELECTORAL  Artículo 20 Decreto 1-86 Primer párrafo La Asamblea Nacional Constituyente
  • REQUISITOS DE LA PETICIÓN DE AMPARO Artículo 21 Decreto 1-86 La Asamblea Nacional Constituyente
  • 5 DÍAS DE PLAZO
  • IMPULSO DE OFICIO Artículo 6 Decreto 1-86 La Asamblea Nacional Constituyente La iniciación del trámite es rogada
  • OMISIÓN DE REQUISITOS DE LA PETICIÓN  Artículo 22 Decreto 1-86 La Asamblea Nacional Constituyente
  • SOLICITUD INICIAL DE AMPARO Artículo 10 Acuerdo 1-2013
  • El interponente deberá suplirlos dentro del tercero día Artículo 136 Decreto 1-86 La Asamblea Nacional Constituyente
  • SUBSANACIÓN DE REQUISITOS OMITIDOS Artículo 14 Acuerdo 1-2013  
  • SOLICITUD VERBAL Artículo 26 Decreto 1-86 La Asamblea Nacional Constituyente  
  • PETICIÓN DE AMPARO PROVISIONAL Artículo 24 Decreto 1-86 La Asamblea Nacional Constituyente  
  • AMPARO PROVISIONAL  PROCEDE TANTO DE OFICIO COMO A INSTANCIA DE PARTE Artículo 27 Decreto 1-86 La Asamblea Nacional Constituyente
  • Deberá decretarse de oficio la suspensión provisional del acto, resolución o procedimiento reclamado Artículo 28 Decreto 1-86 La Asamblea Nacional Constituyente
  • En cualquier estado del procedimiento, antes de dictar sentencia se puede acordar la suspesnión provisional del amparo. Artículo 29 Decreto 1-86 La Asamblea Nacional Constituyente
  • En cualquier estado del procedimiento, antes de dictar sentencia se puede acordar revocar el amparo provisional. Artículo 30 Decreto 1-86 La Asamblea Nacional Constituyente
  • Acta del Estado que guardan los hechos y actos suspendidos. Artículo 31 Decreto 1-86 La Asamblea Nacional Constituyente
  • En la primera resolución sin perjuicio de que se exija la subsanación de requisitos de admisión, si es procedente el Tribunal  decide con respecto a la suspensión del acto. resolución o procedimiento reclamado Artículo 24 Acuerdo 1-2013 .
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