Glosario de términos de las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común

Descripción

- Acumulación - Declaración Responsable - Comunicación
Victoria Cortina
Diapositivas por Victoria Cortina, actualizado hace más de 1 año
Victoria Cortina
Creado por Victoria Cortina hace más de 4 años
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Resumen del Recurso

Diapositiva 1

    ART. 57 Acumulación
    Órgano Administrativo que inicie o tramite un procedimiento - Cualquier manera de iniciación - Acuerdo de acumulación: Acumulación de procedimientos con otros con los que guarde indentidad sustancial o íntima conexión       - De oficio/instancia de parte       - Mismo órgano para todos los procesos       - No proceden recursos en contra del acuerdo de acumulación

Diapositiva 2

    Art. 69 Declaración Responsable
    - Documento suscrito por el interesado que manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos de la normativa vigente:           - Recogidos de manera clara, expresa y precisa          - Validez desde el día de su presentación (sin perjuicio de los mecanismos de comprobación/control/inspección) Establecidos por la norma vigente para obtener el reconocimiento de:       -Derecho       -Facultad       -Su ejercicio - Mantendrá los requisitos el periodo necesario para el cumplimiento de obligaciones - Dispone de la acreditación: A disposición de la Admin Pública cuando sea requerida          - Si no la presenta // INEXACTITUD/FALSEDAD/OMISIÓN de carácter esencial:                - Imposibilidad de continuar el ejercicio del derecho                - Responsabilidad Civil, penal o administrativa                - Podrá obligarsele a restituir la situación jurídica                - Imposibilidad de instar de nuevo (periodo determinado por LEY)

Diapositiva 3

    Art. 69 Comunicación
    Documento mediante el que los interesados ponen en conocimiento de las Administraciones Públicas:          - Datos identificativos          - Datos Relevantes - Para:          - Inicio de Actividad          - Ejercicio de un Derecho - Validez:           -  desde el día de su presentación (sin perjuicio de los mecanismos de comprobación/control/inspección)          - Dentro de un plazo posterior (cuando la legislación correspondiente lo prevea expresamente) Si no la presenta // INEXACTITUD/FALSEDAD/OMISIÓN de carácter esencial:                - Imposibilidad de continuar el ejercicio del derecho                - Responsabilidad Civil, penal o administrativa                - Podrá obligarsele a restituir la situación jurídica                - Imposibilidad de instar de nuevo (periodo determinado por LEY)

Diapositiva 4

    Art. 69: Modelos D. Resp. y Comunicación
    Para iniciar una misma actividad, solamente será exigible 1 de las dos (no se podrá exigir ambas)    - Bien declaración responsable    - Bien Comunicación Las Administraciones Públicas:          - Modelos de declaración y comunicación publicados y actualizados          - Accesibles a los interesados

Diapositiva 5

    Art. 82 Trámite de audiencia
    Pie de foto: : Dentro de la Participación de los interesados en la Instrucción del procedimiento
    Audiencia en la instrucción: Los interesados o sus representantes pueden alegar, presentar documentos y justificaciones, después de instruir los procedimientos y antes de redactar la propuesta de resolución. Antes también de la posible solicitud de informes (asesoramiento jurídico o el dictámen del Consejo del Estado o su equivalente en las CCAA). El plazo será de entre 10-15 días, pero el interesado puede manifestar que no presentará alegaciones antes de este período, y el trámite se dará por realizado. 

Diapositiva 6

    Art. 118 Audiencia de los interesados
    [Dentro del capítulo de RECURSOS ADMINISTRATIVOS, tras recaer resolución] - Nuevos hechos o documentos a tenerse en cuenta:    - No recogidos en el expediente originario - entre 10-15 días de plazo - Otros interesados: traslado del recurso para que aleguen en el período de 10-15 días - Alegaciones, documentos, justificantes nuevos presentados por los interesados       - NO tenidos en cuenta:          - Cuando se podrían haber presentado en el trámite ordinario y no se presentaron          - No podrá solicitarse la práctica de pruebas imputables al interesado y que no se realizaron en el procedimiento      - No son documentos nuevos:          - Informes, recursos, propuestas          - Documentos aportados ANTES de recaer resolución
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