MIGUEL ANDRES MASMELA BUSTAMANTE PRACTICA PORTUARIA GRUPO: 9IN2
Diapositiva 2
AFORO
Se considera la acción mediante la cual el órgano de control de aduanas realiza la revisión documental y física de la mercancía donde se verifica información tal como:
Peso
Numero de Bultos
Estado de la carga
Clasificación arancelaria
Valor de la carga
En Colombia el operador aduanero u órgano de control asignado es la Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales (DIAN)
Persona natural o jurídica que actúa en nombre del propietario o armador de un buque que tiene representación en Colombia, el cual cumple la función de adelantar trámites de ingreso o salida del buque; dando así a lugar a los requerimientos de las autoridades aduaneras.
Persona natural o jurídica inscrita ante la autorizada aduanera, cuyo objetivo es la consolidación y desconsolidación de carga internacional para así aprovechar al máximo las rutas y fletes manejados con forme a la necesidad del propietario de la mercancía.
Dentro del proceso de importación y exportación es necesario contar con una figura física, la cual tenga la autonomía suficiente para hacer el despacho de mercancías, la cual esta previamente autorizada por las partes del acuerdo al cual le servirá como proceso de regulación de las actividad del beneficiario.
Persona física o jurídica que posee el dominio del buque y se encarga de ponerlo en condiciones de navegar. Naviero-gestor, es la persona física o jurídica que por cuenta del armador se encargan de la gestión del buque. El armador está facultado para la gestión comercial y jurídica del buque y para nombra capitán. Sus obligaciones son dotar al buque de todo lo necesario (tripulación y provisiones), presentarlo en tiempo, forma y lugar contratados, recibir la mercancía a bordo y transportar el cargamento.
Son los movimientos que se realizan en la mercancía en los diferentes medios de transporte donde se trata de minimizar los daños de la mercancía y así mismo de las personas. La idea de almacenar en arrumes es optimizar espacio y la segunda es protección de la mercancía según necesidades.
Navegación o tráfico marítimo que realizan los buques entre puertos de su país sin perder de vista la costa. La mayoría de los países reservan el cabotaje para su propia flota.
Es la secuencia ordenada y sistemática del transporte de una mercancía ya sea a nivel nacional o internacional encaminada a trasladar productos desde un punto de origen hasta un punto de destino.
Es un recargo que aplican las líneas navieras debido a las fluctuaciones en el cambio de la moneda. En caso de variación por parte de las líneas marítimas, esta oferta se verá afectada en la misma medida de forma automática.
Distancia vertical desde la línea de flotación hasta la quilla. Varía en función de la carga y de la densidad del agua. La parte del casco que está por debajo de la línea de flotación se llama obra viva y la que está fuera del agua: obra muerta.
Es una acceso el cual puede ser artificial o natural con la intención de darle paso a las embarcaciones lo cual ayuda a la optimización de tiempo, aumentar la productividad y para un puerto es una ventaja competitiva.
La concesión portuaria es considerada como la otorgación que realiza el estado a una entidad privada ya sea nacional o extranjera donde le otorga poder para que pueda administrar una zona portuaria, este tipo de concesiones se otorgan mediante licitaciones y ellos se comprometen a mejorar infraestructuras y prestar servicios públicos.
Se considera al proceso de agrupación de mercancía de uno o varios clientes con el fin de realizar el llenado de un contenedor y así poder emitir un único documento de transporte.
Se conoce como el proceso de acomodación de cargas dentro de un espacio o almacén, muelle o medio de transporte, el cual debe contemplar estándares internacionales nombrado en la norma ISO 3394.
Se define como factor de estiba a la
relación entre el volumen ocupado
y el peso de
una determinada carga.
El factor de estiba permite calcular el peso de una
mercadería almacenada (o transportada) en un contenedor, tanque o bodega de volumen conocido.
Es considerado una manera de cargar o llenar un contenedor, donde la mercancía allí consignada pertenece a un único usuario el cual es el responsable de llenar a tope su capacidad de carga.
Es el llenado de un contenedor con mercancías de varios usuarios, donde la compañía naviera se hacer responsable por la consolidación de la carga suelta que ingresa al puerto para ser embarcada.
Infraestructura portuaria en la orilla de un río, lago o mar
especialmente dispuesta para cargar y descargar las naves y para la circulación
de vehículos.
Se considera la persona natural o jurídica que se encarga de coordinar todas las actividades de flujo de mercancía de una empresa para así llegar a un consumidor final.
Persona
jurídica constituida o domiciliada en el país, que tiene autorización para prestar,
en las zonas portuarias, servicios a las naves, a las cargas y/o a los
pasajeros
Son los encargados de hacer cumplir todos los procesos de fiscalización judicial física y aduanera en puerto, como es corroborar lo documentos de transporte vs carga.
Área dentro de la cual todas las actividades relativas al
transporte, logística y la distribución de bienes, tanto para el transito
nacional o internacional, son llevadas a cabo por varios operadores. Su gestión
puede ser pública o privada y en ambos casos se podrá contar con los servicios
públicos requeridos para prestar sus servicios.
Es un marino experimentado y
especializado, tanto en el manejo de los buques como en las circunstancias
locales, quien embarca a bordo tanto al llegar el barco a las aguas portuarias
como para salir de ellas conllevando con el capitán las tareas de navegación y
maniobra. Es considerado un asesor para la dirección náutica del buque en
puerto, pero en ningún caso la presencia del práctico priva al capitán del
mando de su nave.
Es el espacio destinado para el flujo de mercancías, personas, y de motonaves, donde el calado de dispone el buque no supera los 45 pies, es decir, 13.72 mts.
Es un lugar autorizado por la autoridad
aduanera para servir de plataforma de cargue y descargue de vehículos con el
fin de posponer revisiones aduaneras.
Son los costos en que puede incurrir la naviera transportadora y que son cobrados al importador o exportador según los términos de negociación, los cuales podrían ser:
Manipulación de carga en puerto de origen y destino
Manejo naviera
Depósitos de contenedor
Documentación, entre otros
Los servicios portuarios son actividades que se desarrollan en la zona portuaria, siendo necesarias para la correcta explotación de los mismos que se presten en condiciones de seguridad, eficacia, eficiencia, calidad, regularidad, continuidad y no-discriminación
En términos de línea o de muelle implica que las operaciones
de carga, estiba, desestiba y descarga están cotizadas dentro del flete. Se
excluyen el costo de las operaciones previas al gancho en la carga y
posteriores a éste en la descarga. Se emplea también “full berth terms – fbt
El transporte multimodal es el porte (movilización) de
mercancías por medio de al menos dos modos diferentes de transporte en virtud
de un solo contrato por este servicio.
Es la articulación entre diferentes modos de transporte utilizando
una única medida de carga (generalmente contenedores),
a fin de realizar más rápida y eficazmente las operaciones de trasbordo de
materiales y mercancías. Las subdivisiones del transporte terrestre (camión y ferrocarril)
y las subdivisiones del transporte fluvial (transporte marítimo y transporte en vías navegables inferiores), se consideran como modos diferentes.
Se conoce al régimen aduanero mediante el cual las mercancías son transportadas, bajo control aduanero, desde una aduana de partida hasta una aduana de destino en una misma operación en el curso de la cual se cruzan una o varias fronteras.
Parte de la zona portuaria en la que se autoriza el
desarrollo de actividades o servicios, complementarios o conexos a las
mercancías para cambiar la naturaleza del bien.
Es considerado un espacio geográfico de libre comercio con beneficios de impuesto, las cuales están reguladas por la entidad competente, en este caso la DIAN; en el interior de la cual no rigen los derechos de aduana vigentes para el resto del territorio nacional.