Pie de foto: : http://www.seg.gob.mx/2015/08/30/se-lleva-a-cabo-la-evaluacion-de-diagnostico-en-guererro/
Ley General del Servicio Profesional Docente
Disposiciones Generales : Objeto, Definiciones y Principios.
•La LSPD rige el Servicio Profesional Docente
(SPD)y establece los términos y condiciones para el ingreso, promoción,
reconocimiento y permanencia en el servicio.
•El marco normativo
aplicable en las Entidades Federativas se ajustará a esta Ley.
•La LSPD Tiene por Objeto:
Regular el SPD
Establece Perfiles,
Parámetros e Indicadores del SPD.
Regular los Derechos y
Obligaciones derivados del SPD.
Asegurar la
transparencia y rendición de cuentas en
el SPD.
•Son sujetos del SPD, los
docentes, directores, supervisores, ATP.
Diapositiva 2
Cap. IV: Promoción a cargos directivos y de supervisión. LGSPD
•La promoción será mediante concurso público, por
convocatoria.que describa entre otras cosas: perfil de aspirantes, plazas sujetas a concurso, requisitos,
términos y fechas de registro,
procedimiento de evaluación, aplicación, y publicación de resultados, y criterios para
la asignación de plazas
Los concursos se sujetaran
a los perfiles, parámetros, indicadores e instrumentos definidos de acuerdo con esta Ley.
La
promoción a funciones de Dirección dará lugar a un Nombramiento sujeto a un
periodo de inducción de dos años ininterrumpidos dentro del cual el personal
deberá cursar los programas de desarrollo de liderazgo y gestión escolar determinados
por la AEL
La
AEL brindará las orientaciones y apoyos para fortalecer las capacidades de
liderazgo y gestión escolar.Al término del periodo, la
AEL evaluará el desempeño del personal para determinar si cumple con las
exigencias de la función, si cumple, se le otorgará
Nombramiento Definitivo.
Cuando en la evaluación se
identifique la insuficiencia, en el nivel de desempeño, el personal volverá a
su función.
En EB, la promoción a plaza
de Supervisor dará lugar a un nombramiento definitivo.