" Es el tiempo que el trabajador está a la orden o subordinado al empleador" DIARIA:
No se puede realizar más de 8 horas diarias
LIMITACIÓN
SEMANAL:
no más de 44 ó 48 horas En el caso del comercio son 44 y en la industria 48.
JORNADA DIAGRAMADA: Se puede trabajar hasta 8 horas diarias - NO + DE 48 SEMANALES
-NO + DE 9 HS. P/ DÍA� SEMANA INGLESA: No se puede trabajar más de 9 horas por día - SÁBADO HASTA 12.30 HS. -DESCANSO SÁBADO
DE TARDE Y DOMINGO
Limitación de la Jornada
Diapositiva 4
Descanso Intermedio
Sí la JORNADA es CONTINUA:
Descansa 1/ 2 HORA y es PAGA
�Sí la JORNADA es DISCONTINUA:
Descansa 2 HORAS Y ½ y NO ES PAGA.
El descanso de 1 HORA NO PAGA es posible y presupone un acuerdo entre las partes.
" Son las horas que exceden al límite horario aplicable a cada trabajador¨"�COMUNES: �Recargo del 100% cuando se realizan
en días hábiles
ESPECIALES: �Recargo del 150% cuando se realizan
en días feriados o de descanso
�Las fracciones menores a 30’
se remuneran como 30’
�. Las mayores como 1 hora�*El máximo de horas extras que puedes
realizar es de 8 horas a la
semana, siempre que el trabajador esté de
acuerdo.
�*Hay casos que se debe aceptar realizar horas extras que
son casos de fuerza mayor.*Se
podrán realizar más horas extras con autorización del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Horas Extras
Diapositiva 6
Licencia
�En 12 meses genera 20 días de licencia y en 1 mes genera 1.66 días. �AJUSTE AL AÑO CIVILPara su cálculo: se deben tomar en cuenta, descansos, feriados pagos trabajados y remuneraciones variables.�
�
�
�"Suma de dinero para el mejor goce de la licencia".En caso de egreso también corresponde su pago.
• Es el 100% del jornal líquido de licencia• No está gravada con aportes a la Seguridad Social•
El pago es siempre antes del inicio de Licencia
"Consiste en una suma de dinero con naturaleza salarial que ha de ser pagada por el empleador a sus trabajadores en ciertas oportunidades"�
PERÍODOS: 1/12 al 31/5 y del 1/6 al 30/11
•Integran el SAC: sueldo, horas extras, gratificaciones vinculadas al trabajo quebrantos de caja, comisiones, viáticos sin rendición de cuentas.En caso de despido por notoria mala conducta no le corresponde cobrarlo.
"Toda ventaja económica que obtiene el
trabajador en forma normal y permanente a causa de su contrato de trabajo" •Puede ser pagado en dinero o en especie y
calculado por tiempo trabajado o por rendimiento.El salario por rendimiento es el destajo, la comisión, la prima o incentivo.
Salario
El salario no puede ser disminuido y es inembargable.
•Existe un salario mínimo nacional que es
interprofesional y un salario mínimo por grupos de actividad según categorías.•El Poder Ejecutivo fija una cantidad
mínima y uniforme que es general para todos los trabajadores y no es posible que reciban menos de éste llamado Salario Mínimo Nacional.
Diapositiva 10
• Si eres mensual, dentro de los 5 días hábiles del mes siguiente.• Si cobras por quincena, dentro de los cinco días hábiles al vencimiento de la quincena.• Si el pago es semanal, al terminar la semana trabajada.• Si cobras por día, al terminar la jornada.
Oportunidad de pago
El salario siempre debes cobrarlo con dinero. No es posible ninguna otra forma de pago o trueque.