Creado por Geshibel Taipanta
hace más de 6 años
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Pregunta | Respuesta |
Formas de Extinción de la Obligación Tributaria Las formas de extinción de la obligación tributaria son las siguientes: |
•PAGO (Art. 36 Código Tributario).
•COMPENSACIÓN (Art. 43).
•CONFUSIÓN (Art. 45).
•CONDICIONADO O REMISION (art. 46).
•PRESCRIPCIÓN (ART. 47).
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•PAGO (Art. 36 Código Tributario) El pago es la forma ideal de extinguir una obligación tributaria y se da por el cumplimiento de la obligación o la prestación de lo debido en la forma establecida. | •El pago por abonos. •El pago por consignación. •El pago bajo protesta. •El pago a cuenta. |
La Compensación Ha sido definida como un modo de extinción simultanea y hasta la misma cuantía de dos obligaciones diversas existentes entre dos personas que recíprocamente son acreedores y deudores. | El Código Tributario establece la posibilidad de compensar los créditos tributarios líquidos y exigibles de la Administración Tributaria, con los créditos líquidos y exigibles del contribuyente o responsable, dicha compensación es establecida como una forma de extinción de la obligación Tributaria. |
La Confusión Los artículos 1495 del Código Civil y 45 del Código Tributario definen esta figura como la reunión en una misma persona de la calidad de deudor y acreedor, extinguiéndose de esa forma la obligación tributaria. | Esta figura se da en el caso de que el Estado reúna las calidades de deudor y acreedor, o sea las calidades de sujeto pasivo y a la vez sujeto activo, en sí mismo, dando como resultado que no resulte suma a pagar. |
La Condonación La condonación o remisión es el acto por medio del cual el acreedor libera de la deuda al deudor (artículos 1489 del Código Civil y 46 del Código Tributario). | Las obligaciones tributarias son in disponibles, esto quiere decir que quien administra las mismas no puede decidir si procede a cobrar o a requerir, sino es su obligación y no tiene facultades para librar de las mismas a los sujetos pasivos. |
La prescripción Es definida por la Real Academia Española, como el hecho de adquirir un derecho real o extinguirse un derecho o acción de cualquier clase por el transcurso del tiempo en las condiciones previstas por la ley. | El plazo para la prescripción de las infracciones tributarias es de cinco años, ello conforme lo dispuesto en el artículo 76 del Código Tributario. |
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