Introduccion al Derecho Fuentes formales - Constitucion

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Introduccion al derecho
Mario Quezada Espinoza
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Mario Quezada Espinoza
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Resumen del Recurso

Pregunta Respuesta
Concepto y clasificación de fuentes formales El derecho no aparece de la nada, es necesario un impulso de carácter económico, social, cultural, político etc. que le dan nacimiento a su contenido. Las fuentes materiales del Derecho. "son los factores de carácter social, económico, cultural. que influyen en el nacimiento de una norma de Derecho y en su contenido" Ejemplo: La ley de violencia en los Estadios es una fuente del Derecho y de ella nace la necesidad de controlar.
Fuentes Formales del Derecho "son todos aquellos elementos o formas en las cuales de expresa el derecho de forma obligatoria" son distintos mecanismos de producción de las normas jurídicas así como diferentes continentes normativos donde se plasman. son los distintos procedimientos de creación de normas jurídicas, así como los modos de exteriorizacion de estas y continentes normativos donde es posible hallarlas, es posible identificar un órgano, una autoridad o sujetos de derecho que se encuentran calificados para producir normas jurídicas.
La primera condición de pertenencia de una norma al sistema jurídico consiste en que haya sido creada por un órgano competente, por lo tanto cabe decir que dicho órgano es una fuente de Derecho. Las normas que componen un sistema no son todas de la misma clase, si no que se diferencian y definen en función de quien puede crearlas, con arreglo a que procedimiento, con que contenido etc. También son fuentes del derecho os distintos productos normativos que tienen su origen en los órganos jurídicos
Y por ultimo, cabe decir que las normas son fruto de actos humanos y consecuentemente se llaman también fuentes del derecho la capacidad para producir normas jurídicas. Por lo tanto, cuando se habla de fuentes para referirse a los órganos, para referirse a los productos de esos órganos, y para denominar a la actividad típica que da vida a las normas (jurisdicción, legislativo)
Fuentes Directas: "aquellas que constituyen derecho positivo, y que imponen directamente derechos y deberes a los destinatarios" 1.- La constitución. (concepto) es aquella norma fundamental que regula la organización esencial del Estado y los derechos fundamentales de las personas" Fue como herramienta de la clase triunfadora de la revolución francesa, es un limite al poder, donde el respeto a las garantías de los ciudadanos y la separación de poderes, se alzan como elementos fundamentales.
La declaración de los derechos del hombre señala: art 16 "toda sociedad en la cual no este la garantía de los derechos, ni determinada la separación de poderes, carece de constitución." Hay tres clases generales de normas que en cualquier ordenamiento se podrían considerar como fundamentales. A) Las que determinan la forma de Estado B) las que determinan la "Forma de gobierno" C) las que regula la producción juridica
La constitución para este curso entonces es: "aquella norma que se alza como el principal limite jurídico al poder del Estado, que regula la organización del mismo y que esta dotada de una jerarquía especial dentro del ordenamiento jurídico" Supremacía Constitucional. Es una forma de alzar la constitución como la norma de mayor jerarquía dentro de un ordenamiento jurídico. ¿que hace que la Constitución este dotada de esta supremacía? Desde un punto de vista formal, la Constitución es la norma suprema porque es la norma fundante.
La constitución es entonces una norma jurídica, una norma fundamental, y las materias que regula son la organización básica del estado y las garantías de los derechos fundamentales.
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