Creado por luisa montes
hace casi 9 años
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Pregunta | Respuesta |
ÓRGANOS ESTATALES ENCARGADOS DE LAS RELACIONES INTERNACIONALES | Órganos centrales: Jefe de estado ( Que puede delegar en su ministro de Relaciones Exteriores, Canciller o Secretario de Estado) Órganos exteriores: Misiones Diplomáticas Permanentes, Misiones Especiales y Consulados |
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Como Jefe de Estado, Jefe del Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa | -Dirigir las relaciones internacionales. -Nombrar y recibir a los agentes diplomáticos y consulares -Celebrar tratados o convenios con otros Estados y entidades de derecho internacional (que será sometidos a la aprobación del Congreso) - Declarar la guerra y procurar la paz |
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES | -Directores inmediatos de la policía internacional -Representación en el exterior - Órgano de comunicación, negociación y superiores jerárquicos de los agentes diplomáticos en el extranjero - Maneja asuntos administrativos e internacionales |
MISIONES DIPLOMÁTICAS PERMANENTES | - Contribuyen a mantener vinculaciones: Políticas, económicas, culturales, militares, científicas -Representar y defender al estado - Negociar con otros estados - Informar a su estado de la situación y condiciones del otro estado |
MISIONES ESPECIALES | Misión temporal que un estado envía a otro para que lo represente, con previa autorización de este, con el fin de tratar un asunto o realizar un cometido determinado. Las funciones son establecidas por consentimiento muto del estado que envía y el estado receptor |
CONSULADOS | -Proteger los intereses de su estado y sus nacionales -Promover relaciones amistosas, comerciales, económicas, culturales y científicas -Informar a su estado de la vida comercial, económica, cultural y científica del otro estado - Expedir pasaportes -Prestar ayuda a sus nacionales Actuar como notario, registrador y funciones similares que no estén contra la ley del estado receptor - Representar a sus nacionales ante tribunales y otras autoridades del estado receptor |
SERVICIO EXTERIOR DE LA CANCILLERÍA DE COLOMBIA | Actividad administrada del Ministerio de Relaciones Exteriores para representar los intereses del Estado, proteger y asistir a sus nacionales en el exterior, coordinar actividades relativas a la política internacional de Colombia. Es especializado, profesional y jerarquizado que se funda en el principio del mérito. |
PRINCIPIOS ORIENTADORES DE LA FUNCIÓN PÚBLICA EN EL SERVICIO EXTERIOR | - Moralidad. - Eficiencia y Eficacia. -Economía y Celeridad. - Imparcialidad. - Publicidad. - Especialidad. - Unidad e Integridad. - Confidencialidad. |
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DE COLOMBIA (Cancillería) | Entidad que dirige, planea, coordina, ejecuta y evaluar la política exterior y las relaciones diplomáticas. Su titular es designado y puede ser removido por el Presidente, hace parte del gabinete de ministros, y ejerce sus funciones con la colaboración de los viceministros. Funciona en el Palacio de San Carlos ( Bogotá.) |
ALGUNAS FUNCIONES | -Administrar el Servicio Exterior de la República y adoptar las medidas necesarias para que opere de conformidad con los lineamientos y prioridades de la política exterior. -Preparar y actualizar periódicamente los programas de estudio de la Academia, de conformidad con lo previsto en las disposiciones que regulan el Servicio Exterior y la Carrera Diplomática. |
FUENTES | Dr. ANTONIO LINARES, ORGANOS ESTATALES ENCARGADOS DE LAS RELACIONES INTERNACIONALES . CONSTITUCIÓN POLÍTICA. http://www.procuraduria.gov.co/ CONVENCIÓN SOBRE MISIONES ESPECIALES. http://apw.cancilleria.gov.co DECRETO 274 DE 2000 http://www.cancilleria.gov.co/ MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DE COLOMBIA http://es.wikipedia.org/ DECRETO 3355 DE 2009 https://www.cancilleria.gov.co DECRETO 10 DE 1992 https://www.cancilleria.gov.co/ |
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