Es el derecho a hacer publico, a trasmitir,a difundir y exteriorizar un conjunto de ideas,opiniones,críticas,imágenes,creencias,etc. a través de cualquier medio:oralmente,mediante símbolos y gestos;en forma escrita,a través de radio,cine,teatro o tv,etc.
-el PACTO DE SAN JOSE DE COSTA RICA atr 13 protege no solo esta libertad sino tambien la libertad de pensamiento.
LIBERTAD DE PRENSA
vs.derecho a la intimidad o al honor
doctrina de la real malicia
Nota:
Data del año 1964. creada por los Tribunales de EEUU como un standard jurisprudencial; mediante el caso "new york Co. v. Sullivan"
fundamento:técnica procesal-distribución de cargas en las pruebas.
-incoporado al derecho interno, a partir de 1984 distinguiendo en funcionarioso personajes públicos y particulares.
DERECHO A TRANSMITIR NOTICIAS PÚBLICAMENTE
Nota:
-Derecho a la transmisión,crónica o narración de hechos , llamado también derecho a la información.
- alcanza protección constitucional siempre cuando verse sobre informaciones veraces,hechos suceptibles a demostración.
EXPRESIÓN PÚBLICA DE IDEAS Y OPINIONES
Nota:
-Facultad de trasmitir a los demás hombres el pensamiento propio, mediante cualquier medio y forma de comunicación.
-Este derecho es lo que contribuye a la opinión pública.
-Su ámbito de ejercicio es amplísimo y abarca expresiones políticas,religiosas,económicas,científicas,artísticas,etc.
-Prohíbe al Estado la utilización de censura.
CENSURA PREVIA- ART 14 CN
¿ES POSIBLE LA CENSURA PREVIA EMANADA DE UN JUEZ?
REQUISITOS:
1-MEDIDA PRECAUTORIA EN ACCIÓN DE AMPARO O PROC. PENAL.
2- DAÑO ABSOLUTAMENTE IRREPARABLE
3-CONTRA NOTICIAS Y NO DE IDEAS
ART-32
Nota:
Expresa que "el congreso federal no puede dictar normas que restringan la libertad de imprenta ni que establezcan sobre ella la libertad de jurisdicción federal"
LIBERTAD DE IMPRENTA
DISTINTAS INTERPRETACIONES DE LA DOCTRINA
RESPONSABILIDAD DE LOS MMC
Nota:
Para no dañar los derechos incorporados mediante el art 75 inc 22 cn que tienen jerarquía constitucional +el honor y dignidad de las personas
caso campillay"
para quedar excentos de responsabilidad
atribuir la info al contenido de una fuente
utilizar el verbo potencial
dejar en reserva la identidad de los inplicados
DERECHO A RÉPLICA
Nota:
Derecho a contestar,por el mismo medio,una opinión o noticia agravia o perjudica en forma injusta,irrazonable,errónea, la reputación,algún aspecto de la personabilidad de la personalidad o creencias, efectuadas por medio de la prensa.
EVOLUCIÓN
CASO'SANCHEZ ABELANDA'/'EKMEKDJIAN c. NEUSTAD'
CASO'EKMEKDJIAN c. SOFOVICH'
CASO:'PRETIC DEMAGOJ C.DIARIO PAG 12
rectificación/réplica
vs el respeto a los símbolos patrios
caso:'texas vs jhonson"
ofensa pasiva/ofensa activa
Nota:
ofensa pasiva:existe un simple menosprecio, no configura delito de ultraje.
ofensa activa-.son actos positivos ostensibles de injuria; art 222 cod penal.