Facultades de las autoridades en materia laboral

Descripción

Autoridades en materia laboral en México, sus facultades y fundamento legal
Graciela De León Torres
Mapa Mental por Graciela De León Torres, actualizado hace más de 1 año
Graciela De León Torres
Creado por Graciela De León Torres hace alrededor de 7 años
575
0

Resumen del Recurso

Facultades de las autoridades en materia laboral
  1. Administrativas
    1. I. Secretaría del trabajo y previsión social
      1. Promover el desarrollo de la capacitación y adiestramiento para el trabajo
        1. Art. 524 LFT
          1. Vigilar la aplicación de las disposiciones relativas al art. 123 de la CPEUM y LFT
            1. Coordinar la formulación y promulgación de los Contrato-Ley de trabajo
              1. Promover el incremento de la productividad del trabajo
                1. Dirigir el Servicio Nacional de Empleo
                  1. Coordinar la coordinación de las Juntas Federales de Conciliación
                    1. Registrar las asociaciones obreras, patronales y profesionales de jurisdicción federal
                      1. Dirigir y coordinar la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo
                        1. Estudiar y proyectar planes para impulsar la ocupación del País
                        2. II. Secretaría de Hacienda y Crédito Público y Secretaría de Educación Pública
                          1. Determinar la correcta asignación y participación de utilidades de los trabajadores declaradas por el patrón
                            1. Conocer lo relativo en materia educativa, capacitación y adiestramiento de los trabajadores
                              1. Art. 526 LFT
                              2. III. Autoridades de entidades federativas y Direcciones o Departamento de Trabajo Social
                                1. Art. 524 LFT
                                  1. Las asignadas por sus leyes orgánicas y normas de trabajo
                                  2. IV. Procuraduría de la Defensa del Trabajo
                                    1. Art. 630-636 LFT
                                      1. Representar y asesorar a sus trabajadores ante cualquier autoridad laboral
                                        1. Interponer recursos ordinarios y extraordinarios que se requieran para la defensa del trabajador o sindicat
                                          1. Proponer soluciones conciliatorias para la resolución de conflictos
                                            1. Imponer multas a los patrones que no cumplan con la ley
                                            2. V. Servicio Nacional de Empleo, Capacitación y Adiestramiento
                                              1. Art. 537 a 539F LFT
                                                1. Analizar y promover la generación de empleos
                                                  1. Supervisar la colocación de los trabajadores de manera gratuita
                                                    1. Coordinar la impartición de la capacitación y el adiestramiento
                                                      1. Registrar las constancias de habilidades de los trabajadores para fines de ascenso
                                                        1. Está a cargo de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social
                                                        2. VI. Inspección del trabajo
                                                          1. Art. 540-550 LFT
                                                            1. Vigilar el cumplimiento de las normas de trabajo, derechos y obligaciones
                                                              1. Contratos
                                                                1. Relativos a las mujeres y menores
                                                                  1. Previsión de riesgos de trabajo
                                                                    1. Disposiciones de higiene y seguridad
                                                                  2. VII. Comisión Nacional de los Salarios Mínimos
                                                                    1. Art. 551-563 LFT
                                                                      1. Fijar los salarios mínimos generales y profesionales en las distintas áreas geográficas
                                                                        1. La Comisión tripartita (gobierno, patrones y trabajadores) determina el monto de los salarios de acuerdo a la economía nacional
                                                                        2. VIII. Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas
                                                                          1. Determinar el porcentaje correspondiente a los trabajadores sobre la renta grabable de las empresas
                                                                            1. Resisar que se lleve a cabo el reparto de utilidades conforme a lo establecido
                                                                              1. Art. 575-590 LFT Art. 123 frac IX CPEUM
                                                                            2. Jurisdiccionales
                                                                              1. IX. Junta Federal de Conciliación y Arbitraje
                                                                                1. Actuar como instancia conciliatoria potestativa para los trabajadores y patrones
                                                                                  1. Actuar como juntas de conciliación y arbitraje en conflictos por el cobre de prestaciones cuyo monto exceda a los 3 meses de salario
                                                                                    1. Conocimiento y resolución de conflictos de trabajos entre trabajadores y patrones
                                                                                      1. Art. 604-620 LFT
                                                                                      2. X. Juntas locales de Conciliación y Arbitraje
                                                                                        1. Conocimiento y resolución de conflictos de trabajo que no sean de competencia de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje
                                                                                          1. Art. 621-624 LFT
                                                                                          2. Art. 625-647 LFT
                                                                                          Mostrar resumen completo Ocultar resumen completo

                                                                                          Similar

                                                                                          Contrato laboral por Inversión de capital determinado.
                                                                                          abel salvador arias salgado
                                                                                          Las Facultades Sensibles
                                                                                          Eduardo Cattaneo
                                                                                          MINISTERIO PÚBLICO
                                                                                          Hiram Zenitram
                                                                                          FEDERALISMO EN MÉXICO
                                                                                          Heather Flores
                                                                                          CONTRATO DE ANTICRESIS
                                                                                          Tatiana Castro S
                                                                                          Secretaría de Hacienda y Crédito Público
                                                                                          ADRIANA AHUMADA MORALES
                                                                                          Ejercicio de competetencias del Estado
                                                                                          Carlos Bellott
                                                                                          Actividad 1. Presentación de la LGSPD.
                                                                                          yoliza_1412
                                                                                          FACULTADES EN UNIVERDIDADES
                                                                                          VIVIANA OCHOA
                                                                                          SISTEMA FINANCIERO MEXICANO
                                                                                          lucyrodriguezram
                                                                                          Universidad Cayetano heredia
                                                                                          A P