Segundo Momento - Cátedra Opcional

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Mapa Mental sobre Segundo Momento - Cátedra Opcional, creado por Mayra Rivera el 09/04/2018.
Mayra Rivera
Mapa Mental por Mayra Rivera, actualizado hace más de 1 año
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Resumen del Recurso

Segundo Momento - Cátedra Opcional
  1. Aportes de Tomas de Aquino al humanismo Contemporáneo
    1. Tomás, en la medida en que mantiene una concepción más íntegra de hombre, capaz de aunar naturaleza e historia, razón y fe, defiende los ideales humanistas. (González, 2003)
      1. Su primer objetivo es, más bien, la búsqueda y el estudio de la verdad, de la que cabe esperar que lo demás se siga, como “por añadidura” (González, 2003)
        1. la obra de Santo Tomás sí ofrece claves irrenunciables. No por casualidad, sus observaciones más penetrantes sobre el ser humano se encuentran en el contexto de sus reflexiones sobre la Encarnación. (González, 2003)
    2. Dignidad de la persona, Santo Thomas de Aquino
      1. La persona humana y su naturaleza en Santo Tomás, comprendida como sustancia individual de naturaleza racional y unidad sustancial de alma y cuerpo, es analizada en el Tratado sobre el Hombre al inicio de la Suma Teológica. El concepto de persona posibilita la comprensión y estudio de la dignidad y, particularmente, de la persona del anciano.
        1. Según Santo Tomás, el término persona es: primero, una substancia completa, es decir, tiene una naturaleza completa, por esto el alma separada del cuerpo individual no es persona.
          1. Segundo, que el término individual reconoce que persona es una sustancia primera, que subsiste en un particular
            1. la persona se halla íntimamente ligada a la sociedad, desde donde se constituye su perfección natural y la búsqueda de su felicidad. Los problemas asociados con su bienestar se encuentran en directa relación con la sociedad a la cual pertenece, donde la justicia es el medio necesario para reestablecer el orden del individuo al bien común, fin de la comunidad política.
              1. La justicia será el medio que reestablecerá el orden al bien común y posibilitará la igualdad de derechos, según la dignidad humana. Por justicia, Santo Tomás comprende que: “se llama justo lo que según alguna igualdad corresponde a otro”.
                1. La justicia general o legal, permite la ordenación de los bienes individuales al bien común, el cual es esencialmente el bien que ha de perseguir toda persona.
                  1. La dignidad, según el análisis de Santo Tomás, será considerada como un atributo esencial de la persona. La dignidad considerará: en primer lugar, la racionalidad de la persona: “puesto que es de gran dignidad subsistir en la naturaleza racional, a todo individuo de esta naturaleza se le llama persona”
                    1. En segundo lugar, podemos destacar que la dignidad también se funda en la naturaleza humana según su modo de existir, que corresponde en la persona humana a la unidad sustancial de alma y cuerpo, relación determinada por el alma como forma sustancial de la materia
                      1. El bien común
                        1. El trato justo a las personas y la solución de sus necesidades materiales básicas son esenciales para promover una sociedad que atienda a su fin más propio; en este caso, el acceso al bien común para todas las personas que conforman una sociedad, especialmente para los marginados y desposeídos, entre ellos los ancianos, los cuales con mayor dificultad acceden a los bienes considerados colectivos.
                          1. Problemática social
                            1. El gobierno no ha podido llevar todos los niños a las aulas educativas, debido a esto se estan violando los derechoa a la educación inicial.
                              1. Solución
                                1. Brindar charlas de formación a los padres y estudiantes para que tengan acceso a los derechos humanos, como lo son la educación, lo cual se asemeja a un bien común para los integrantes del núcleo familiar, siendo un medio de crecimiento y desarrolo social.
      2. Derechos Humanos
        1. Según Martínez, (2003):
          1. - Derechos individuales:
            1. • Derecho a Ia igualdad de todos los hombres • Derecho a ¡a libertad general
              1. • Derecho de propiedad • Tolerancia y libertad religiosa • Pacifismo • Derecho de autodeterminación y emancipación
            2. - Derechos políticos
              1. • Necesidad socio – política • Necesidad de autoridad • Libertad política • Necesidad de democracia
              2. - Derecho de resistencia
                1. • Voluntad popular • Consentimiento del pueblo
                  1. Fundamentos filosóficos
                    1. Inclinación a cuestionar e inquirir la razón suficiente de las cosas, y, en este caso, de los derechos y las leyes que admitimos. Tradicionalmente, quienes se han dado a la tarea de ofrecer tal fundamento a estos derechos han oscilado entre el iuspositivismo y el iusnaturalismo. (Beuchot, SF)
                      1. El iuspositivismo consiste en fundamentar esos derechos en la sola positivación de los mismos, esto es, en el acto normativo, que los hace formar parte del corpus jurídico de un estado; así tendrán una fuerza coercitiva que los haga ser cumplidos y respetados. En cambio, el iusnaturalismo sostiene que la fundamentación de esos derechos está más allá de su positivación, en algo previo a ella, y se pone en la naturaleza humana (la cual, a su vez es entendida de diversas maneras). (Beuchot, SF)
            3. Por: Elsa Molina
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