Puede comparecer
ante las autoridades
fiscales del Estado por sí
o por su representante
legal.
En ningún trámite administrativo se
admitirá la gestión de negocios.
No se causarán recargos: I.- Cuando al pagar
contribuciones en forma extemporánea el
contribuyente compense un saldo a favor.
II.-Cuando la falta de pago abedece a causas
imputables
OBLIGACIONES
Presentar declaraciones
Los pagos fiscales deberán ser
pagados en efectivo y en
moneda nacional
Pagar a tiempo en fecha o plazo fijado, de no ser
asi, deberán pagarse recargos
Informar a la autoridad,
los avisos de
cambios de registro
Llevar los libros y registros , sin incurrir en alteraciones,
borraduras o enmendaduras
Solicitar su inscripción en el Registro por
conducto de la oficina recaudadora de su
jurisdicción