Investigar, conservar, preservar, restaurar,
exhibir y promocionar el Patrimonio Cultural
en el Ecuador; así como regular de acuerdo a
la Ley todas las actividades de esta naturaleza
que se realicen en el país
Elaborar el inventario de todos los bienes
que constituyen este patrimonio ya sean
propiedad pública o privada
En caso de ser necesario que
algun objeto declarado
patrimonio cultural necesite salir
del país, primero sera necesario
tramitar el proceso con el INPC
Se declara
PATRIMONIO
CULTURAL A:
*Patrimonio Cultural
Inmaterial *Bienes
Documentales
*Bienes
Arqueologicos
*Bienes Muebles
*Bienes Inmuebles
Su misión es armonizar, coordinar, concertar y
controlar la ejecución de políticas, planes,
programas y proyectos de patrimonio
cultural de su región, en función del Plan
Estratégico, el Plan Plurianual y el Plan
Operativo institucional.
Art. 23.- Ningún objeto
perteneciente al Patrimonio
Cultural del Estado puede salir del
país, excepto en los casos en que
se trate de exposiciones o de otros
fines de divulgación, en forma
temporal, siempre con permiso del
Directorio, previo informe técnico
del Instituto.