Surgió en 1996 con las modificaciones a la Ley Forestal (Ley 7575).
Define los “servicios ambientales” como “los que brindan el bosque y las plantaciones
forestales que inciden directamente en la protección del medio ambiente”
Crea el Fondo Nacional de
Financiamiento Forestal (FONAFIFO)
La mayor parte de los recursos para PSA, provienen
del impuesto a los combustibles, FONAFIFO
Recursos externos
provenientes de acuerdos
gestionados por OCIC
Acuerdos con organismos
internacionales, como con el GEF y el
Banco Mundial
Recursos internos a partir de acuerdos
voluntarios con instituciones públicas
descentralizadas como la Compañía Nacional de
Fuerza y Luz
Recursos captados a través de
certificados ambientales
El antecedente del PSA en Costa Rica son los incentivos
forestales.
Entre 1979 y 1985 estuvo vigente la
deducción de los costos de reforestación
en el impuesto sobre la renta.
Sin embargo, frente al compromiso
gubernamental, se modificó la ley 7575 y se
cambió el concepto de subsidio por PSA
El cambio fue una salida ingeniosa, se
cumplió con el compromiso de eliminar
subsidios
El impuesto al consumo a los combustibles fósiles se basa en el principio del que
contamina paga.
El monto es de US$40 como pago establecido, para conservar el
bosque
Nota:
La nueva ley
estableció 3.5% de la recaudación bajo el impuesto
La nueva ley estableció 3.5% de la recaudación bajo el impuesto
El documento del gobierno presentado a la Comisión de Servicios
Ambientales del Foro Nacional de Concertación en 1998,
representaba una carga fiscal insostenible y sus beneficios se
concentraban en manos de grandes propietarios y rentistas.
El art. 69 de la Ley Forestal que designaba un tercio de la recaudación del
impuesto al consumo de los combustibles para CAF y PSA fue derogado por la
Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias de Julio del 2001.
Entre 1997 y 2002, se incorporaron al programa más de 314,000 ha, lo
que supuso pagos por más de US$80 millones de dólares
El 70% se destinó a protección del bosque y
el resto, a zonas reforestadas y bosques bajo
planes de manejo.
FECON recomendó en 1999 que se eliminara dicha categoría como
elegible para la retribución por servicios ambientales,
Camacho dijo que el PSA en Costa Rica es más democrático que el
esquema que existía con los incentivos forestales, todavía no se han
superado los obstáculos que limitan la ampliación del PSA con
criterios de equidad
Ortiz argumenta que PSA en Costa Rica no se diseñó
como mecanismo de mitigación de pobreza
Estudio realizado en la cuenca del río Virilla en
el Valle Central de Costa Rica por Miranda y
Porras (2002), encontró que quienes acceden
a PSA con pequeñas propiedades menores de
10 ha, son profesionales con ingresos
familiares anuales de US$22,000, donde el
pago en concepto de PSA de US$882/año
representa apenas un 4% de sus ingresos.