El objeto del reglamento es desarrollar las normas contenidas en la ley de S.C. del O.J.
Principios
Los derechos en esta ley constituyen garantías mínimas irrenunciables para los empleados, susceptibles siempre a ser mejoradas.
Todo ciudadano tiene derecho a optar a cargos en el O.J. Otorgados de acuerdo a lo que establece la ley.
No podrá hacerse ninguna discriminación para el otorgamiento de puestos, habrá iguales oportunidades siempre que llenen los requisitos.
en sus relaciones laborales los empleados laborales están sujetos a normas de disciplina y a planes de prestaciones de la ley.
Ningún empleado judicial o funcionario podrá atribuirse autoridad o funciones que no estén determinadas en la ley, manual o reglamento.
El Sistema de S.C. del O.J. debe mejorar permanentemente la eficiencia en el servicio y garantizar a sus empleados y funcionarios el debido ejercicio y defensa de sus derechos.
Servicio por oposición
la plazas vacantes se llenaran:
En primer lugar con con trabajadores del O.J. que aprueben el concurso de oposición.
Si aún hubiere vacantes , se llamará a convocatoria abierta .
Régimen de libre nombramiento y remoción
Le corresponde a la presidencia del O.J. señalar los puesto de apoyo logístico comprendidos dentro del régimen de L. N. y R.
Los puestos serán individualizados en el Manual de clasf. de puestos y salarios.
Sistema de Recursos Humanos
Integración del Sistema de Recursos Humanos
integran el S. de R.H. y la Gerencia de R.H. y las siguientes unidades: