Por normas generales, actos u omisiones de autoridad que violen los derechos
humanos reconocidos y las garantías otorgadas para su protección por la
Constitución Política y los tratados internaionales
Por normas generales, actos u omisiones de autoridad que violen los derechos
humanos reconocidos y las garantías otorgadas para su protección por la Constitución
Política
Por normas generales, actos u omisiones de las autoridades de
los Estados o del Distrito Federal, que invadan la esfera de
competencia de la autoridad federal, siempre y cuando se violen
los derechos humanos reconocidos y las garantías otorgadas
Se tramita en vía directa e indrecta
Se promueve por escrito, de forma impresa o electrónica
Partes
Quejoso
Personas Físicas
Incluye menores de edad, personas con discapacidad o sujetos con
interdicción
Personas Morales
Autoridades responsables
Con facultades de imperio
Emisora del acto que se reclama, "ordenadora"
Materializa el mandato de la ordenadora, "ejecutora"
Incluye particulares en funciones fijadas por una norma general
Tercero interesado
Su interés es que subsista el acto que se reclama en el juicio
Ministerio Público Federal
Vigila que se acaten los preceptos constitucionales que
contienen los derechos humanos y garantías del gobernado,
así como el que se siga el proceso constitucional conforme a
los lineamientos constitucionales y legales
Plazos para presentar la demanda
Plazo general 15 días
Cuando se reclame una norma general autoaplicativa, o el procedimiento de
extradición, en que será de treinta días
Cuando se reclame la sentencia definitiva condenatoria en un proceso penal, que
imponga pena de prisión, podrá interponerse en un plazo de hasta ocho años
Cuando el amparo se promueva contra actos que tengan o puedan tener por
efecto privar total o parcialmente, en forma temporal o definitiva, de la
propiedad, posesión o disfrute de sus derechos agrarios a los núcleos de
población ejidal o comunal, en que será de siete años
Cuando el acto reclamado implique peligro de privación de la vida, ataques a la libertad
personal fuera de procedimiento, incomunicación, deportación o expulsión, proscripción o
destierro, desaparición forzada de personas o alguno de los prohibidos por el artículo 22 de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como la incorporación forzosa
al Ejército, Armada o Fuerza Aérea nacionales, en que podrá presentarse en cualquier
tiempo
Notificaciones
De forma personal
Por oficio
Por lista
Vía electrónica
Por exhorto o despacho
Por edictos
Competencia
SCJN
Tribunales Colegiados y de
Circuito
Juzgados de Distrito
Los órganos jurisdiccionales de los poderes judiciales de los
Estados y del Distrito Federal
Sentencia (contenido)
Fijación clara y precisa del acto reclamado
Análisis sistemático de todos los conceptos de violación o en su
caso de todos los agravios
Valoración de las pruebas admitidas y desahogadas en el juicio
Consideraciones y fundamentos legales en que se apoye para conceder,
negar o sobreseer
Los efectos o medidas en que se traduce la concesión del amparo, y en caso de amparos directos, el
pronunciamiento respecto de todas las violaciones procesales que se hicieron valer y aquellas que,
cuando proceda, el órgano jurisdiccional advierta en suplencia de la queja, además de los términos
precisos en que deba pronunciarse la nueva resolución
Los puntos resolutivos en los que se exprese el acto, norma u omisión por el que se conceda,
niegue o sobresea el amparo y, cuando sea el caso, los efectos de la concesión en congruencia
con la parte considerativa